Recurso de inconstitucionalidad número 1309/1997, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el artículo único de la Ley Orgánica 3/1996, de 27 de diciembre, en cuanto da nueva redacción a determinados preceptos de la Ley Orgánica 8/1980.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1309/1997, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el artículo único de la Ley Orgánica 3/1996, de 27 de diciembre, en cuanto da nueva redacción a los artículos 10.3 «in fine», 10.4.a), 11.a) y g) y 19.2.a), b) y c) de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Madrid, 22 de abril de 1997.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 103 del Miércoles 30 de Abril de 1997. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

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  • Comunidades Autónomas
  • Financiación de las Comunidades Autónomas
  • Recursos de inconstitucionalidad

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