Corrección de errores del Real Decreto 385/1996, de 1 de marzo, por el que se establece el régimen retributivo e indemnizatorio del desempeño de las funciones de jurado.

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 385/1996, de 1 de marzo, por el que se establece el régimen retributivo e indemnizatorio del desempeño de las funciones de jurado, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 64, de fecha 14 de marzo de 1996, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 10139, primera columna, en el título, cuarta línea, donde dice: «... las funciones del jurado.», debe decir: «.... las funciones de jurado.».

En la página 10139, segunda columna, último párrafo de la introducción, primera línea, donde dice: «... a propuesta de los Ministros...», debe decir: «... a propuesta del Ministro...».

En la página 10139, segunda columna, artículo 3, primera línea, donde dice: «... será retribuido por el importe diario...», debe decir: «... será retribuido con el importe diario...».

En la página 10139, segunda columna, artículo 5, apartado 4, primera línea, donde dice: «... desplazamiento de vehículo particular u otra forma de desplazamientos...», debe decir: «... desplazamiento vehículo particular u otra forma de desplazamiento...».

En la página 10140, primera columna, artículo 5, apartado 6, penúltima línea, donde dice: «... que le sea facilitado...», debe decir: «... que les sea facilitado...».

En la página 10140, primera columna, artículo 6, apartado 1, primera línea, donde dice: «... a través de su Gerencias...», debe decir: «... a través de sus Gerencias...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 90 del Sábado 13 de Abril de 1996. Disposiciones generales, Ministerio De Justicia E Interior.

Materias

  • Indemnizaciones
  • Jurado
  • Retribuciones
  • Tribunal del Jurado

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