Corrección de errores de la Orden de 3 de abril de 1995 sobre uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social.

Advertidos errores en la publicación de la Orden de 3 de abril de 1995 sobre uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 83, de 7 de abril, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el artículo 1, séptima línea, donde dice: «... forma que determina la Tesorería General...», debe decir: «... forma que determine la Tesorería General...».

En el artículo 3, tercer párrafo, tercera línea, donde dice: «... solicitador», debe decir: «... solicitado».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 123 del Miércoles 24 de Mayo de 1995. Disposiciones generales, Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social.

Materias

  • Cotización a la Seguridad Social
  • Empresas
  • Informática
  • Recaudación
  • Seguridad Social
  • Tesorería General de la Seguridad Social

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