Suspensión temporal del Canje de Notas de 3 de marzo de 1978 entre el Gobierno de España y la República Socialista Federativa de Yugoslavia sobre supresión de visados.

Mediante nota verbal, fechada en Belgrado el 11 de mayo de 1993, el Gobierno español ha comunicado al Ministerio Federal de Asuntos Exteriores en aquella capital la decisión de suspender temporalmente el Canje de Notas de 3 de marzo de 1978, entre el Gobierno de España y la República Socialista Federativa de Yugoslavia sobre Supresión de Visados, haciendo uso de lo establecido en su artículo 10.

La nota de la Embajada de España señala que a partir del día 1 de junio de 1993, se aplicará, como régimen general, la exigencia de visado consular español previo a la entrada, tránsito o permanencia, de los ciudadanos de Serbia y Montenegro en el territorio español.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 12 de mayo de 1993.-El Secretario general técnico, Antonio Bellver Manrique.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 127 del Viernes 28 de Mayo de 1993. Disposiciones generales, Ministerio Del Interior.

Materias

  • Acuerdos internacionales
  • Pasaportes
  • República Socialista Federativa de Yugoslavia

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