Corrección de erratas del Real Decreto 479/1989, de 5 de mayo, por el que se regula la composición y el procedimiento de actuación de la Comisión Arbitral de Propiedad Intelectual.

Padecidos errores en la inserción del citado Real Decreto publicado en el «,Boletín Oficial del Estado» número 112, de 11 de mayo de 1989; a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

En la página 14040, exposición de motivos, párrafo 3°, línea 5ª, donde dice: «... radiodifusión, se ha adoptado por configurar ...»; debe decir: radiodifusión, se ha doptado por configurar ...».

En la página 14041, capítulo III, del procedimiento general de arbitraje, artículo 14, apartado 2, línea 2ª, donde dice: «... quien la haya solicitado, o por ambas partes o prorrata ...», debe decir: «... quien la haya solicitadO, o por ambas partes a prorrata ...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 121 del Lunes 22 de Mayo de 1989. Disposiciones generales, Ministerio De Cultura.

Materias

  • Arbitraje
  • Comisión Arbitral de la Propiedad Intelectual
  • Ministerio de Cultura
  • Organización de la Administración del Estado
  • Propiedad Intelectual
  • Radiodifusión

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