Corrección de erratas de la Orden de 14 de noviembre de 1988 por la que se establecen los requisitos de aeronavegabilidad para las aeronaves ultraligeras motorizadas (U. L. M.).

Padecido error en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 277, de fecha 18 de noviembre de 1988, se formula a continuación la oportuna rectificación:

En la página 32855, primera columna, articulo 5.3, segundo párrafo, donde dice: «El interesado pondrá a disposición de dicho Servicio un ejemplo del modelo..., debe decir: «El interesado pondrá a disposición de dicho Servicio un ejemplar del modelo...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 288 del Jueves 1 de Diciembre de 1988. Disposiciones generales, Ministerio De Transportes, Turismo Y Comunicaciones.

Materias

  • Aeronaves
  • Dirección General de Aviación Civil
  • Importaciones
  • Navegación aérea

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