Corrección de erratas de la Orden de 9 de abril de 1987 por la que se desarrolla el Reglamento de Entidades de Previsión Social, aprobado por Real Decreto 2615/1985, de 4 de diciembre.

Padecidos errores en la inserción de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 95, de fecha 21 de abril de 1987, páginas 11609 y 11610, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Párrafo primero, donde dice: «... Por otra prte...», debe decir: «... Por otra parte...».

Artículo 1.º, 1, donde dice: «... sin mediación, queando prohibido...», debe decir: «... sin mediación, quedando prohibido...».

Artículo 2.°, 3, donde dice: «... la inclusión de gasto dentro...», debe decir: «... la inclusión de gastos dentro...».

Artículo 3.º, 3, donde dice: «... podrá retrotraer a entidades...», debe decir: «podrá retroceder a entidades....».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 103 del Jueves 30 de Abril de 1987. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.

Materias

  • Comunidades Autónomas
  • Confederación Nacional de Entidades de Previsión Social
  • Contabilidad
  • Federaciones de Entidades de Previsión Social
  • Montepíos
  • Mutualidades de Previsión Social
  • Seguridad Social
  • Seguros

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