Corrección de errores del Real Decreto 2623/1986, de 21 de noviembre, por el que se regulan las instalaciones de antenas de estaciones radioeléctricas de aficionado.

Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de 30 de diciembre de 1986, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 42392, en el preámbulo, primera línea del último párrafo, donde dice: «... de acuerdo con el del Consejo de Estado...», debe decir: «.. de acuerdo con el Consejo de Estado...».

En la página 42392, en la penúltima línea de la disposición transitoria segunda, donde dice: «... características que establezca la Ley 19/1983...», debe decir. «... características que establece la Ley 19/1983...».

En la página 42394, en la segunda línea de la disposición adicional, donde dice: «... Reglamento de Zonas de Instalaciones...», debe decir: «... Reglamento de Zonas e Instalaciones...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 60 del Miércoles 11 de Marzo de 1987. Disposiciones generales, Ministerio De Transportes, Turismo Y Comunicaciones.

Materias

  • Antenas
  • Propiedad Horizontal
  • Radioaficionados
  • Seguros

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