Corrección de errores del Real Decreto 1228/1984, de 20 de junio, por el que se establece libertad de derechos con carácter temporal para la importación de determinados componentes destinados a la fabricación de tractores agrícolas de ruedas, con motor de cilindrada superior a 2.300 centímetros cúbicos, de furgonetas o de vehículos ligeros «todo terreno».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 165 del Miércoles 11 de Julio de 1984. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.

Materias

  • Arancel de Aduanas
  • Importaciones
  • Maquinaria agrícola

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