Quiero saber acerca de...
![España](/misc/flags_iso/32/es.png)
- España
Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 114, de fecha 13 de mayo de 1981, página 10254, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el apartado e) del artículo primero, donde dice: «Articulo setenta y cinco.—El primer término de la progresión que describe el precepto será de doscientas pesetas.», debe decir: «Articulo setenta y cinco.—El primer término y la razón de la progresión que describe el precepto será de doscientas pesetas.»
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 15 del Lunes 18 de Enero de 1982. Disposiciones generales, Ministerio Del Interior.