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- España
DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA,
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Artículo primero.
Se concede un suplemento de crédito por importe de mil quinientos tres millones ochocientas cuarenta y cinco mil quinientas setenta y cinco pesetas al Presupuesto en vigor de la Sección dieciséis, "Ministerio del Interior"; servicio cero cinco, "Dirección General de la Guardia Civil"; capítulo dos, "Compra de bienes corrientes y de servicios"; artículo veinticuatro, "Dietas, locomoción y traslados"; concepto doscientos cuarenta y uno, "Para el pago de dietas, pluses e indemnizaciones por traslado forzoso al personal del Cuerpo, en las cuantías que legalmente corresponda".
Artículo segundo.
El importe del mencionado suplemento de crédito se cubrirá con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio Real, de Madrid, a veinticuatro de abril de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUAREZ GONZALEZ
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 102 del Lunes 28 de Abril de 1980. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.