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Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 135 del Lunes 7 de Junio de 1965. Disposiciones generales, Ministerio De La Vivienda.
Anuncio anterior: Decreto 1443/1965, de 3 de junio, sobre uso temporal o de más de una vivienda de las construídas con la protección del Estado.
Próximo anuncio: Decreto 1445/1965, de 3 de junio, por el que se regula el arrendamiento forzoso de las viviendas construídas con la protección del Estado, no enajenadas en los plazos legales, y el desahucio de los arrendatarios que no las utilicen o las tengan habitualmente desocupadas.
Ver el sumario completo del BOE del Lunes 7 de Junio de 1965