Periódico Oficial de Puebla del día 09/09/2020 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

178

Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 9 de septiembre de 2020

V. El Área de Atención a Mandamientos Judiciales.
Las áreas referidas en este artículo tendrán a su cargo las respectivas funciones, en su ámbito competencial, de las que tienen a su cargo las direcciones de la Agencia Estatal de Investigación.
ARTÍCULO 393. Las Unidades de Apoyo Pericial contarán, para el despacho de los asuntos de su competencia, con las áreas siguientes:
I. Área de Intervención, y II. Área de Peritaciones.
Las áreas referidas en este artículo tendrán a su cargo las respectivas funciones, en su ámbito competencial, de las que tienen a su cargo las direcciones del Instituto de Ciencias Forenses.

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. Se derogan las disposiciones normativas de igual o menor rango emitidas por la persona titular de la Fiscalía General en lo que se opongan al presente Reglamento.
TERCERO. La estructura orgánica que describe el presente Reglamento será susceptible de modificación a través de Acuerdos que expida la persona titular de la Fiscalía General, atendiendo a la suficiencia presupuestal institucional.
CUARTO. La estructura orgánica actual seguirá vigente hasta que entren en operación las nuevas unidades y áreas administrativas a que se refiere el Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General y el presente Reglamento, conforme lo permita el presupuesto de la Fiscalía General.
QUINTO. La Oficialía Mayor realizará las gestiones necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones del presente Reglamento, haciendo los ajustes administrativos que sean necesarios para la correcta adscripción del personal a que el mismo se refiere y de los demás recursos que se reasignen, con plena sujeción al presupuesto autorizado a la Fiscalía General.
SEXTO. Se instruye a la persona titular de la Oficialía Mayor que difunda el presente Reglamento al interior de la Fiscalía General por los medios oficiales correspondientes.
SÉPTIMO. Cuando en otros ordenamientos legales o administrativos se haga mención a unidades administrativas diferentes a las mencionadas en este ordenamiento, se entenderá referida a las unidades administrativas creadas en este Reglamento, conforme a las atribuciones que les corresponda.
OCTAVO. Se instruye al personal de la Fiscalía General el cumplimiento del presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, Puebla, a 9 de septiembre de 2020. El Fiscal General del Estado.
DOCTOR GILBERTO HIGUERA BERNAL BERNAL. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 09/09/2020 - Tercera Sección

TitoloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaeseMessico

Data09/09/2020

Conteggio pagine178

Numero di edizioni631

Prima edizione06/03/2015

Ultima edizione06/02/2024

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