Periódico Oficial de Puebla del día 19/03/2021 - Segunda Sección

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Viernes 19 de marzo de 2021

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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emitidos éstos por servidor público con atribuciones para ello, se les otorga el valor de Documentales Públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla; de aplicación supletoria de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. ----------------------------------------------------------------Al efecto, de la debida valoración de las pruebas que constan en autos del expediente en el que se actúa y en virtud de haber sido presentada por el C. Emigdio Alejandro Trujillo Ríos, la documentación comprobatoria y justificativa de la cantidad observada, con la que evidencia haber corregido la diferencia del resultado de la revisión entre los estados financieros mensuales impresos, con los presentados en medios magnéticos; por ende, desvirtuó la irregularidad de mérito; y, en consecuencia a juicio de esta autoridad QUEDA SOLVENTADA LA IRREGULARIDAD QUE AQUÍ SE
TRATA, por la cantidad de $1247,356.43 un millón doscientos cuarenta y siete mil trescientos cincuenta y seis pesos 43/100 Moneda Nacional del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal FISM. ---------------------------Irregularidad 5. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------5. Folio 13. Saldos por Comprobar en Cuentas por Cobrar del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal FISM. Por $3,622.07 tres mil seiscientos veintidós pesos 07/100 Moneda Nacional. Corresponde al saldo que presenta la cuenta 0006003000200003 Cuentas por cobrar/Anticipo a contratistas a nombre del C. Arq. Emigdio Alejandro Trujillo Ríos según Balanza de Comprobación al mes de diciembre del Sistema Contable Gubernamental ---II. Debió remitir copia certificada de la integración del saldo de la cuenta especificando fecha de registro, antigedad, concepto, importe y la documentación comprobatoria que soportara el saldo. Derivado de la contestación al pliego de observaciones debió aclarar el registro del Presidente Municipal como contratista. No remitió el análisis de los saldos contenidos en los estados financieros presentados, no adjuntó copia certificada de las pólizas de registro y de la respectiva documentación comprobatoria y justificativa. ----------------------------------------Ofreció como pruebas anexas al escrito a través del cual presentó Recurso de Revocación, en copia certificada por el C. José Alfredo Arellanes Valdivia, Secretario General del Honorable Ayuntamiento de Chila, Administración 2008- 2011, los documentos que se citan a continuación: ----------------------------------------------------5.1. Folio del 0213 al 0263. Oficio aclaratorio en el cual se indica que el importe observado corresponde al pago del anticipo de la obra número 79035 denominada "Empedrado de calle el Pochote" por un importe de $169,001.50 ciento sesenta y nueve mil un pesos 50/100 M.N. y por error de registro en el Sistema Contable Gubernamental II, solo se amortizo la cantidad de $165,379.43 ciento sesenta y cinco mil trescientos setenta y nueve pesos 43/100 M.N.
quedando pendiente de amortizar el importe de $3,622.07 tres mil seiscientos veintidós pesos 07/100 M.N. Por lo anterior se realizó el registro de dicha diferencia. Se anexan integración del saldo, pólizas de registro y facturas que comprueban que se amortizo el anticipo al. 100%, por lo que debe determinarse que la imputación fue desvirtuada. ----5.2. Folios del 264 al 284. Estados Financieros impresos al 31 de diciembre de 2009, emitido del sistema contable gubernamental II. --------------------------------------------------------------------------------------------------------En el anterior contexto, a las pruebas presentadas por el C. Emigdio Alejandro Trujillo Ríos, descritas en los numerales 5.1 y 5.2; al tratarse de una certificación realizada a constancias existentes en los archivos y al haber sido emitidos éstos por servidor público con atribuciones para ello, se les otorga el valor de Documentales Públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla; de aplicación supletoria de conformidad con lo establecido en el artículo 48
de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla.---------------------------------------------Al efecto, de la debida valoración de las pruebas que constan en autos del expediente en el que se actúa y en virtud de haber sido presentada por el C. Emigdio Alejandro Trujillo Ríos, la documentación comprobatoria y justificativa de la cantidad observada, con la que evidencia el registro contable en Cuentas por Cobrar; por ende, desvirtuó la irregularidad de mérito; y, en consecuencia a juicio de esta autoridad QUEDA SOLVENTADA LA
IRREGULARIDAD QUE AQUÍ SE TRATA, por la cantidad de $3,622.07 tres mil seiscientos veintidós pesos 07/100 Moneda Nacional del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal FISM. ---------------Derivado de lo anterior y como resultado de la debida valoración y análisis de las pruebas que constan en autos del expediente en el que se actúa, se desvirtúan y solventan las irregularidades determinadas en el Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Congreso del Estado el treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P. A.
40/2010, por un monto de $1358,536.35 un millón trescientos cincuenta y ocho mil quinientos treinta y seis pesos 35/100 Moneda Nacional, por las razones que se han señalado en los párrafos que anteceden, por tal circunstancia resulta ocioso entrar en el estudio de los agravios que el hoy recurrente señala en su escrito de fecha tres de agosto de dos mil dieciocho, por lo que debe considerarse que el C. Emigdio Alejandro Trujillo Ríos, Presidente Municipal de Chila, Puebla, Administración 2008-2011 y, concretamente por el ejercicio auditado comprendido

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Periódico Oficial de Puebla del día 19/03/2021 - Segunda Sección

TitoloPeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaeseMessico

Data19/03/2021

Conteggio pagine8

Numero di edizioni679

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