Periódico Oficial de Puebla del día 07/12/2018 - Primera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Primera Sección

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Primera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Viernes 7 de diciembre de 2018

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que Admite el Recurso de Revocación interpuesto por el C. Leoncio Reinaldo Gil Vélez, Director General del Instituto Tecnológico Superior de Acatlán de Osorio, administración 2010, en contra del similar de fecha 9 de noviembre de 2016, dictado dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades Número P.A. 35/2012, y que se radicó con el Número de expediente R.C. 05/2017.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del Estado de Puebla.
JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Extraordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía, ha tenido a bien discutir y aprobar el Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, respecto de un escrito que calza firma del C. Leoncio Reinaldo Gil Vélez, Ex Director General del Instituto Tecnológico Superior de Acatlán de Osorio, Puebla, por el periodo el veinticinco de agosto al treinta y uno de diciembre de dos mil diez; por el cual interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso del Estado de Puebla, de fecha nueve de noviembre de dos mil dieciséis, dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 35/2012, de los de la entonces Dirección Jurídica del entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, hoy Auditoría Superior del Estado de Puebla, por lo que esta Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de Puebla; con la competencia que le otorgan los artículos 3
fracción I, 73 y 74, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en términos del artículo tercero transitorio de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de julio de dos mil dieciséis; en términos de los artículos transitorios terceros, segundo párrafo y cuarto del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de Combate a la Corrupción, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis y su Nota Aclaratoria publicada en el mismo medio con fecha diez del mismo mes y año; segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que deroga diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; procede analizar los mismos, a efecto de emitir el Decreto correspondiente, y -------

CONSIDERANDO
I.- Que el día treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete, fue presentado ante la Oficialía de Partes del Honorable Congreso del Estado de Puebla, un escrito que consta de trece fojas útiles en su anverso, de esa misma fecha, con una firma a nombre del C. Leoncio Reinaldo Gil Vélez, Ex Director General del Instituto Tecnológico Superior de Acatlán de Osorio, Puebla, por el cual interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del Estado de Puebla, de fecha nueve de noviembre dos mil dieciséis, dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 35/2012, de los de la entonces Dirección Jurídica del entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, hoy Auditoría Superior del Estado de Puebla, y que se refieren al periodo revisado, comprendido del veinticinco de agosto al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, mediante el cual se le impone la sanción administrativa: DAÑO PATRIMONIAL, causado del Instituto Tecnológico Superior de Acatlán de Osorio, que asciende a un importe de $692,053.98 seiscientos noventa y dos mil cincuenta y tres pesos 98/100 Moneda Nacional, sanción económica por la cantidad de $173,013.50 ciento setenta y tres mil trece pesos 50/100 Moneda Nacional, equivalente a un cuarto de tanto del

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Periódico Oficial de Puebla del día 07/12/2018 - Primera Sección

TitoloPeriódico Oficial de Puebla - Primera Sección

PaeseMessico

Data07/12/2018

Conteggio pagine8

Numero di edizioni442

Prima edizione20/07/2015

Ultima edizione06/02/2024

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