Periódico Oficial del Estado de México del día 04/03/2022 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Viernes 4 de marzo de 2022

Sección Primera
Tomo: CCXIII No. 42

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: Conalep Estado de México.
MTRO. ENRIQUE MENDOZA VELZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL COLEGIO DE EDUCACIN
PROFESIONAL TCNICA DEL ESTADO DE MXICO Y PRESIDENTE DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA
REGULATORIA DE ESTA DEPENDENCIA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, 3, 13, 14 Y 19 FRACIÓN VI
Y 30 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, 5 FRACCIÓN IV, 27 Y 28 DE LA LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS; ASÍ
COMO LOS ARTÍCULOS 23 FRACCIÓN II, 26, 27, 28, 29 Y 30 DEL REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA
MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS; Y ARTCULO 12 FRACCIN II DEL
DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CRE EL COLEGIO DE EDUCACIN
PROFESIONAL TCNICA DEL ESTADO DE MXICO; Y
CONSIDERANDO
Que la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, el 17 de septiembre de 2018, tiene como objeto la mejora integral, continua y permanente de la regulación estatal y municipal, mediante la coordinación entre las autoridades de mejora regulatoria, los poderes del Estado, los ayuntamientos y la sociedad civil.
Asimismo, el Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicado el 31
de julio de 2019 en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, en cumplimiento a la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios tiene como objeto regular las disposiciones de la Ley, establecer los principios y la bases que deberán observar los sujetos obligados, en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de Mejora Regulatoria.
Que la importancia de la Mejora Regulatoria es fortalecer la competitividad del Estado de México y sus ventajas comparativas, ya que su eficaz ejecución influirá positivamente en la economía y en la decisión de los particulares para invertir sus recursos en esta entidad.
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, es resultado de un esfuerzo plural e incluyente, en el que la sociedad mexiquense participó con corresponsabilidad en la toma de decisiones y en la construcción del porvenir que queremos para nuestras familias.
Que, como resultado de las consultas públicas, los insumos provistos por las diferentes dependencias, además de las opiniones y propuestas de especialistas nacionales e internacionales en la materia y de la sociedad, se integró el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 que propone impulsar y consolidar la acción de gobierno a través de los cuatro pilares y tres ejes transversales:

Pilar Social: Estado de México Socialmente Responsable, Solidario e Incluyente.
Pilar Económico: Estado de México Competitivo, Productivo e Innovador.
Pilar Territorial: Estado de México Ordenado, Sustentable y Resiliente.
Pilar Seguridad: Estado de México con Seguridad y Justicia.
Ejes Transversales: Igualdad de Género, Gobierno Capaz y Responsable; y Conectividad y Tecnología para el Buen Gobierno.

Que el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de México como organismo público descentralizado, debe continuar los procesos de mejora regulatoria y simplificación de trámites, así como fortalecer las acciones de acompañamiento, asesoría y atención empresarial, de modo que el Gobierno del Estado de México se consolide como un aliado estratégico para la creación de nuevas empresas, al igual que para la diversificación y consolidación de las existentes.
Que Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de México, tiene el propósito prestar servicios de educación profesional técnica en la entidad.
Que para dar cumplimiento a lo anterior y derivado de las disposiciones del Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, es necesario normar el funcionamiento del Comité Interno de Mejora Regulatoria de esta Institución; asimismo en conformidad al Reglamento Interior del Colegio de Educación
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Periódico Oficial del Estado de México del día 04/03/2022 (Sección Primera)

TitoloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaeseMessico

Data04/03/2022

Conteggio pagine94

Numero di edizioni5182

Prima edizione03/01/2000

Ultima edizione23/05/2024

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