Periódico Oficial del Estado de México del día 07/05/2019 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Página 2

7 de mayo de 2019

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
RESOLUCIÓN QUE FIJA LA CUOTA DE LOS APROVECHAMIENTOS POR SERVICIOS PRESTADOS POR LA SECRETARÍA
GENERAL DE GOBIERNO A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2019.
José Arturo Lozano Enríquez, Subsecretario de Ingresos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 15, 19 fracción III, 23 y 24
fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 7 y 11 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; y, 3 fracción I, 6, 8 fracción XII, y 10 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, en relación con el artículo 16 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2019, y con el Acuerdo del C. Secretario de Finanzas mediante el cual autoriza al Titular de la Subsecretaría de Ingresos a suscribir las Reglas de Carácter General que señalan aquellos productos y aprovechamientos que no requieren autorización para su cobro en el ejercicio fiscal del año 2019, así como para emitir las Resoluciones de Carácter Particular que fijen o modifiquen los productos o aprovechamientos que sean solicitados por las dependencias para autorización de la Secretaría de Finanzas, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno de fecha 29 de marzo de 2019; y, CONSIDERANDO
Que en términos de lo establecido en la fracción XV del artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, la Secretaría General de Gobierno es la dependencia encargada de coordinar y supervisar las acciones en materia de protección civil en la Entidad.
Que la fracción II del artículo 27 Bis del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno señala que la Coordinación General de Protección Civil tiene la atribución de establecer y ejecutar programas para la formación, capacitación, adiestramiento y actualización de servidores públicos estatales y municipales, integrantes de organizaciones sociales, privadas, académicas y, en general, de cualquier persona interesada en la protección civil.
Que en el artículo 16 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal 2019, se señala que el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas, queda autorizado para fijar o modificar los precios, cuotas y tarifas de los aprovechamientos que se cobren en el ejercicio fiscal de 2019, previa solicitud de las dependencias, por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público o por la prestación de servicios en el ejercicio de las funciones de derecho público por los que no se establezcan derechos.
Que de acuerdo con el artículo 11 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, son aprovechamientos los ingresos que perciben el Estado y los Municipios por funciones de derecho público y por el uso o explotación de bienes del dominio público, distintos de los impuestos, derechos, aportaciones de mejoras e ingresos derivados de la coordinación hacendaria, y los que obtengan los organismos auxiliares del Estado y de los Municipios.
Que una vez identificado el servicio como una función de derecho público y toda vez que no existe definido un derecho que determine una cuota de recuperación que permita resarcir en parte el gasto a la autoridad prestadora del servicio, tengo a bien emitir la siguiente:
RESOLUCIÓN QUE FIJA LA CUOTA DE LOS APROVECHAMIENTOS POR SERVICIOS PRESTADOS POR LA SECRETARÍA
GENERAL DE GOBIERNO A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, PARA
EL EJERCICIO FISCAL DE 2019.
Primero.- En cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 16 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2019, se autorizan las cuotas de los aprovechamientos por la impartición de cursos que involucren el Programa Básico de Capacitación en materia de Protección Civil, por hora de capacitación, con un máximo de 20 personas, de acuerdo a lo siguiente:

Duración horas
Cuota por Hora $

Curso Básico de Elaboración de Programas de Protección Civil
20

$450.00

Curso Básico Teórico-Práctico de Primeros Auxilios I

20

$450.00

Curso Básico Teórico-Práctico de Primeros Auxilios II

20

$450.00

Curso Básico Teórico-Práctico de Evacuación, Búsqueda y Rescate
20

$450.00

Curso Básico Teórico-Práctico de Prevención de Incendios
20

$450.00

Curso Básico de Promotores de la Cultura de Protección Civil
25

$450.00

Curso - Práctico Básico de Protección Civil
20

$450.00

Asesoría
1 a 10

$450.00

Conferencia
1a2

$450.00

Prevención y Combate de Incendios Forestales
40

Sin costo
Educación para la Prevención en Centros Escolares
20

Sin costo
Taller de Prevención en la Fabricación, Almacenamiento, Trasportación, Distribución y Quema de Pirotecnia
8

Sin costo
Taller sobre Uso, Manejo y Almacenamiento de Agroquímicos
8

Sin costo
Formación en Protección Civil para Policía Estatal/ Municipal
25

Sin costo
Cursos

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Periódico Oficial del Estado de México del día 07/05/2019 (Sección Primera)

TitoloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaeseMessico

Data07/05/2019

Conteggio pagine60

Numero di edizioni5182

Prima edizione03/01/2000

Ultima edizione23/05/2024

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