Periódico Oficial de Tlaxcala del 25/3/2020

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 2

Periódico Oficial No. 13 Primera Sección, Marzo 25 del 2020

En el encabezado un logo con el Escudo de Tlaxcala. TLX. Construir y Crecer Juntos.
Gobierno del Estado de Tlaxcala. 2017-2021.
CGE. Coordinación General de Ecología.
C. EFRAÍN FLORES HERNÁNDEZ, Coordinador General de Ecología del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 fracción V
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 7 fracciones I y II, 112 fracciones V y VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1 fracción II y IV, 3 fracción III, 7 fracciones II, III, VII, VIII, IX, XX y XXI, 27 fracción II y III, 28, 38, 72, 73, 74, 75, 76, 79, 82, 83 84, 85 fracciones III y V, 86
fracciones V y VI, 87 fracciones I y X, y 93
de la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala; 1, 5, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 29, 30, 31, 33, 34 y 36 del Reglamento en Materia de Prevención y Control de la Contaminación Generada por Vehículos Automotores que Circulan en el Estado; 1, 2, 5 fracción I, 7, 24, 25, 26, 27, 28 y 29 del Reglamento en Materia de Emisión de Ruido, Vibraciones, Energía Térmica y Lumínica; 2, 4, 6, 10 fracciones II, IV, VII, IX, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Coordinación General de Ecología; y 10 fracciones II, IV, VII, IX, XXIV y XXV del Manual de Organización de la Coordinación General de Ecología.

CONSIDERANDO
Que en términos del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el que se resguarda el derecho de toda persona a la salud y a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, así mismo la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en su artículo 26
reconoce el derecho de toda persona a gozar un medio ambiente saludable.
Que la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, distribuye facultades entre la Federación y los Estados en materia de
prevención y el control de la contaminación en diversas materias, respecto de la contaminación atmosférica los Estados en sus respectivos territorios establecerán y operarán sistemas de verificación de emisiones contaminantes provenientes de automotores en circulación, de igual forma la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala, faculta y obliga a la Coordinación General de Ecología del Estado a establecer dichos sistemas.
El artículo 20 del Reglamento de la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala en Materia de Prevención y Control de Contaminación Generada por Vehículos Automotores que circulan en el Estado, obliga a todos los usuarios de vehículos automotores a realizar la verificación vehicular dos veces por año.
El sistema de verificación vehicular estatal tiene como finalidad el cuidado del ambiente, la salud y economía de las familias tlaxcaltecas, a través de diagnósticos técnicos que racionalicen el consumo de combustible, evitando así su consumo innecesario, generando políticas públicas que limiten la cantidad de gases de efecto invernadero que se emitan a la atmosfera.
Que las pruebas de verificación vehicular realizadas en el Estado, deberán ser apegadas a los lineamientos, protocolos y características establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas siguientes:
NOM-167SEMARNAT-2017, que establece los niveles de emisión de contaminantes para los vehículos automotores que circulan en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, los métodos de prueba para la certificación de dichos niveles y las especificaciones de los equipos que se utilicen en la certificación, así como las especificaciones de los equipos tecnológicos que se utilicen para la medición de emisiones por vía remota y en la realización de dicha medición;
NOM-045-SEMARNAT-2017, Protección ambiental.Vehículos en circulación que usan diésel como combustible, límites máximos permisibles de opacidad, procedimiento de prueba y características

Riguardo a questa edizione

Periódico Oficial de Tlaxcala del 25/3/2020

TitoloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaeseMessico

Data25/03/2020

Conteggio pagine18

Numero di edizioni516

Prima edizione12/01/2011

Ultima edizione19/04/2023

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Marzo 2020>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031