Periódico Oficial de Tlaxcala del 24/1/2018
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Periódico Oficial No. 4 Primera Sección, Enero 24 del 2018
EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME
CONFIEREN
LOS
ARTÍCULOS
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FRACCIÓN I Y 41 FRACCIÓN III DE LA LEY
MUNICIPAL VIGENTE EN EL ESTADO DE
TLAXCALA SE EXPIDE EL PRESENTE.
del presente Reglamento, los que de manera general deberán cumplir quienes descargan a los sistemas de alcantarillado de las poblaciones del Estado, así como las particulares fijadas por el Organismo Operador.
Reglamento para Descargas de Aguas Residuales en Redes de Alcantarillado e Infraestructura de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tetlatlahuca, Tlaxcala
Comisión. Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- El presente ordenamiento denominado Reglamento para Descargas de Aguas Residuales en Redes de Alcantarillado e Infraestructura de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tetlatlahuca, Tlaxcala es de orden público e interés social y de observancia general y obligatoria en el municipio de Tetlatlahuca, Tlaxcala, y tiene por objeto regular las descargas de aguas residuales dentro de nuestra jurisdicción territorial.
ARTÍCULO 2.- La aplicación del presente reglamento compete al Municipio por conducto de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado y al mismo tiempo y de manera delegada a las comisiones locales de cada población del municipio.
ARTÍCULO 3.- Para los efectos de este reglamento se entenderá por:
Aguas Residuales. Las aguas resultantes de cualquiera de los usos domésticos, comerciales, industriales y de servicios que contengan contaminantes que degraden su calidad original.
Alcantarillado. La infraestructura que se utiliza para la recolección y conducción de las aguas residuales y pluviales.
Condiciones de Descarga. Los parámetros máximos permisibles, físicos, químicos y bacteriológicos que se señalan en el artículo 9o.
CRETIB. Código de clasificación de las características que obtienen los residuos peligrosos y que significa: corrosivo, reactivo, explosivo, tóxico, inflamable y biológico infeccioso conforme a la ley y reglamento correspondiente vigente Descarga Fortuita o Accidental. El vertido o el depósito de agua o cualquier otra sustancia, de manera imprevista en el sistema de alcantarillado, drenes o canales a cielo abierto.
Se entenderá que es imprevista una descarga cuando se realice ésta por excepción, sin dar aviso o contar con el permiso de la autoridad competente.
Descarga Intermitente. El vertido o el depósito de agua o cualquier otra sustancia, de manera ocasional o en periodos determinados en el sistema de alcantarillado, drenes o canales a cielo abierto, contando con el permiso de la autoridad competente.
Descarga Permanente. El vertido o el depósito de agua o cualquier otra sustancia, en el sistema de alcantarillado, drenes o canales a cielo abierto, contando con permiso de la autoridad competente.
Dispositivos de saneamiento. Trampas de separación de sólidos y trampas de grasa.
Dilución. La acción de combinar aguas claras de primer uso con aguas residuales, para efecto de cumplir con las condiciones de descarga establecidas en el presente Reglamento o por Autoridad competente.