Periódico Oficial de Tlaxcala del 1/12/2021 - Sección 2

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Página 2

Periódico Oficial No. 48 Segunda Sección, Diciembre 1 del 2021

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Secretario Municipal.
Orgullo y compromiso de todos. El Carmen Tequexquitla. 2021-2024.
REGLAMENTO DE
MUNICIPIO
DE
TEQUEXQUITLA

El conjunto de avenidas, calles, calzadas, plazas, paseos, zonas de seguridad, banquetas, camellones, andadores y demás lugares en donde ordinaria o accidentalmente transiten o puedan transitar vehículos o peatones, excepto en las vías o zonas de tránsito Federal.

TRÁNSITO DEL
EL
CARMEN

MA. ARACELI MARTINEZ CORTEZ, presidente Municipal Constitucional de El Carmen Tequexquitla, en ejercicio de la facultad que me confiere el ARTÍCULO 115 Fracción II y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ARTÍCULO 90 y 93 de la Constitución Política del Estado de Tlaxcala, ARTÍCULO 33 Fracción I y 57 Fracción IX de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.

REGLAMENTO DE TRÁNSITO DEL
MUNICIPIO DE EL CARMEN
TEQUEXQUITLA

II.

Tránsito. - Acción o efecto de trasladarse de un lugar a otro en la vía pública.

III.

Vialidad. - El sistema de vías terrestres que sirvan y se utilicen mediante las rutas de acceso o de salida, para el servicio de transporte de pasajeros en cualquiera de sus modalidades, y de carga en cualquiera de sus capacidades.

IV.

Peatón. - Toda persona que transita a pie o con ayudas técnicas por la vía pública Municipal.

V.

Personas con Discapacidad. - Toda persona con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás.

VI.

Vehículo. - Todo aparato propulsado capaz de desplazar sobre sí personas y bienes. No se consideran entre estos a las ayudas funcionales.

TÍTULO PRIMERO
GENERALIDADES
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- Las disposiciones de este Reglamento son de orden público y de observancia general, regulando el tránsito y la seguridad vial de todos los usuarios de la vía pública, así como el transporte dentro del territorio del Municipio.
La presidente Municipal es la Autoridad facultada para aplicar las medidas necesarias y lograr el debido cumplimiento del presente Reglamento;
delegando tal ejercicio a la Comisaria de Seguridad Pública, Vialidad y Transporte.

VII. Vehículo automotor. - Todo vehículo dotado de medios de propulsión propios que no requieren fuerza humana o animal para su desplazamiento.

ARTÍCULO 2.- Para los efectos de este Reglamento, deberá entenderse por:

VIII. Niño. - Todo individuo cuya edad se encuentre entre los 0 y los 18 años de edad.

I.

Vía Pública. - Todos los espacios terrestres de uso común que se encuentren destinados para el tránsito de peatones y vehículos en cualquiera de sus modalidades y capacidades.

IX.

Transporte particular. - Es que el que es propiedad de una persona física y se utiliza para satisfacer las necesidades de transporte doméstico.

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Periódico Oficial de Tlaxcala del 1/12/2021 - Sección 2

TitoloPeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaeseMessico

Data01/12/2021

Conteggio pagine25

Numero di edizioni441

Prima edizione12/01/2011

Ultima edizione19/04/2023

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