Periódico Oficial de Tlaxcala del 26/12/2019 - Sección 2
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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2
Periódico Oficial No. 52 Segunda Sección, Diciembre 26 del 2019
Artículo 3. El Instituto es un Organismo Público Constitucional y Autónomo, conforme lo dispone el artículo 97 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y el artículo 28 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala.
Artículo 4. Los servidores públicos del Instituto regirán sus actos conforme a los principios siguientes:
I.
La autonomía de decisión. Consistente en la independencia de la toma de decisiones del Pleno, así como la no supeditación a la autoridad o servidor público alguno distinto de los órganos del propio Instituto;
II.
La declaración patrimonial pública. Este acto lo deberán realizar los comisionados, y todo servidor público que labore en el Instituto, esto de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas;
III. De Legalidad. Consistente en la seguridad de que los servidores públicos emitan sus actos en las funciones que realizan con apego estricto a la ley;
IV. De Profesionalismo. Es la disposición para ejercer de manera responsable y seria la función en materias de acceso a la información pública y protección de datos personales, con relevante capacidad y aplicación, y V.
Los establecidos en el artículo 9 de la Ley de Transparencia y demás que determine el Instituto.
Artículo 5. Los casos no previstos y la interpretación de este reglamento serán resueltos por acuerdo del Consejo General.
TÍTULO SEGUNDO
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 6. Para el desempeño de sus atribuciones, el Instituto contará con los órganos y unidades administrativas que a continuación se especifican:
Consejo General;
a
Unidad de Información;
Tecnologías
Unidad de Comunicación Social; y Unidad de Participación Ciudadana.
II.
Presidente;
III.
Comisionados:
a
Secretarios de Estudio y Cuenta;
IV. Secretaría Jurídicos:
V.
Técnica
y
de
a
Unidad Técnica.
b
Unidad Jurídica;
c
Unidad de Transparencia.
Asuntos
Dirección de Capacitación y Vinculación:
a
Unidad de Obligados;
Enlace
con
b
Unidad de Divulgación, Socialización;
c
Unidad de Verificación y Evaluación a Sujetos Obligados;
d
Unidad de Personales;
Protección
de
Sujetos
Datos
VI.
Dirección de Gestión Documental y Archivística;
a
Unidad de Archivos;
VII. Dirección de Desarrollo Administrativo:
a
Unidad de Materiales,
Recursos Humanos
b
Unidad de Contabilidad.
y
VIII. Auxiliares, de acuerdo con lo señalado en el presente reglamento.
TÍTULO TERCERO
ÓRGANO MÁXIMO DE GOBIERNO
INTERNO Y FUNCIONAMIENTO
CAPÍTULO ÚNICO
ESTRUCTURA
I.
b c
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de
la
CAPÍTULO PRIMERO
CONSEJO GENERAL
Artículo 7. El Consejo General, es el órgano máximo de decisión del Instituto y se integra por tres comisionados propietarios.
Artículo 8. El Consejo General es la autoridad, sus acuerdos o resoluciones son obligatorios para los comisionados aun cuando alguno de ellos no