Periódico Oficial de Tlaxcala del 29/5/2019 - Sección 2
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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2
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Periódico Oficial No. 22 Segunda Sección, Mayo 29 del 2019
CUARTO.- El sistema asociará al Titular de la Constancia de Registro, con el folio propio del taxi.
Si algún vehículo no cuenta con el pago de tenencia vigente y/o presenta inconsistencias de titularidad y/o algún reporte de robo y/o no cumple con las características generales que determine la Secretaría, será rechazado su registro.
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
JOSÉ AARÓN PÉREZ CARRO
Rúbrica y sello EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES Y
TRANSPORTES
NOÉ RODRÍGUEZ ROLDÁN
Rúbrica y sello
Si algún operador no cuenta con la licencia para conducir vigente del Estado de Tlaxcala, será rechazado su registro.
QUINTO.- Cualquier actualización en el número de unidades ingresadas o dadas de baja en la plataforma o corrección de sus características, así como de los operadores, deberá ser registrada inmediatamente bajo el procedimiento descrito en el presente instrumento, de acuerdo a las indicaciones del portal.
PUBLICACIONES OFICIALES
SEXTO. Los vehículos que presten el servicio de transporte bajo la modalidad descrita en el presente instrumento, serán susceptibles de inspección y verificación por parte de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado y de la Coordinación General de Ecología.
SÉPTIMO.- Las unidades que presten el servicio bajo el registro que contempla esta publicación, deberán realizar la revista vehicular anual bajo el procedimiento y forma que determine la Secretaría.
TRANSITORIOS
PRIMERO. EI presente Acuerdo deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo.
TERCERO. La aplicación, interpretación y determinación de alcances del presente Acuerdo es competencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Estado de Tlaxcala.
Tlaxcala de Xicohténcatl Tlaxcala; a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil diecinueve.
EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE
TLAXCALA
MARCO ANTONIO MENA RODRÍGUEZ
Rúbrica y sello