Periódico Oficial de Tamaulipas del 29/3/2023 - Judicial

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 29 de marzo de 2023

EDICTO
Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
EDITH ALEJANDRA AVALOS NAVEJAR
MARÍA DOLORES AVALOS NAVEJA.
DOMICILIO IGNORADO.
El Licenciado Hugo Pedro González Juárez, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha veinticuatro de marzo del dos mil veintidós, ordenó la radicación del Expediente Número 00357/2022, relativo al Juicio Sumario Civil Sobre Cancelación de Pensión Alimenticia, promovido por HÉCTOR AVALOS PORRO, en contra de ustedes de quien reclama las siguientes prestaciones:
1.- La Cancelación de la Pensión Alimenticia que por el 20 por ciento de mi Sueldo y demás prestaciones percibo en mi empleo en el club Campestre Victoria, A.C., y que fue establecida en el convenio que para disolver el vínculo matrimonial suscribimos mi es esposa Flora Cecilia Navejar Cedillo y el suscrito, tal como consta en la copia certificada de la sentencia correspondiente dictada el 19 de septiembre de 2011 en el Juicio de Divorcio por mutuo Consentimiento 858/2011 del Índice del Juzgado Primero Familiar de ésta Ciudad.
2.- El pago de las costas judiciales para el caso de que mis hijas demandadas no se allanen a la demanda, es decir, que se opongan a la misma.
Y por el presente que se publicará por TRES VECES
consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijará además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole saber que deberá presentar su contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer a Juicio se seguirá éste en su rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por cédula.
ATENTAMENTE.
Cd. Victoria, Tamaulipas, a los 28 de febrero de 2023.Secretaria de Acuerdos, LIC. NALLELY DUVELSA
SÁNCHEZ BÁEZ.- Rúbrica.
1764.- Marzo 28, 29 y 30.- 2v3.
EDICTO
Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
C. ANWAR IOANIS CASTILLO MACÍAS
DOMICILIO DESCONOCIDO.
El presente H. Juzgado Tercero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha 31 de enero de 2022, ordenó la radicación del Expediente Número 00097/2022, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Incausado, promovido por la C. MA. DEL RAYO CANSECO CRUZ, en contra del C. ANWAR IOANIS CASTILLO MACÍAS, y mediante auto de fecha 03 de marzo de 2023, se ordenó emplazar por medio de edictos, que deberán de publicarse por TRES
VECES consecutivas, en el Periódico Oficial Del Estado y en el periódico de mayor circulación que se edite en este Segundo Distrito Judicial, debiendo ser publicados los
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mismos en atención al Acuerdo General 16/2020 de fecha 18 de agosto del 2021, en el Sitio del Tribunal Electrónico del Poder Judicial del Estado; esto con efectos de esta propia fecha y mientras persistan las medidas extraordinarias que dicte el Consejo de la Judicatura del Estado, dada la contingencia del Covid-19, haciéndole saber que se le concede a la parte demandada el término de sesenta días para que ocurra al juzgado a producir su contestación, si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer en contra de la misma, y que en caso de no dar contestación en el término otorgado para tal efecto, se ordenará que las subsecuentes notificaciones de carácter personal, se le realicen por medio de Estrados en el Sitio del Tribunal Electrónico del Poder Judicial del Estado, como lo disponen los Puntos De Acuerdo Primero y Segundo del Acuerdo General 16/2020, emitido por el Consejo de la Judicatura del Estado, en fecha dieciocho de agosto de dos mil veinte, surtiendo los mismos efectos para las notificaciones por cédulas precisadas en el diverso artículo 63 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, quedando para tal efecto las copias simples de traslado en la Secretaría del Juzgado, toda vez que la parte actora, manifestó ignorar el domicilio actual de la parte demandada, además no fue posible localizar el domicilio que habita.- Por otra parte se le dice a la actora, que si el Juez por cualquier medio tuviere conocimiento del domicilio de esa persona, o pareciere que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento se tendrá como no hecho y, se mandará practicar en el domicilio ya conocido.Para lo anterior se expide el presente a los 09 de marzo de 2023.- DOY FE.
Secretaria de Acuerdos del Juzgado Tercero Familiar de Primera Instancia, LIC. SANDRA ILIANA MORALES
BARRÓN.- Rúbrica.
1765.- Marzo 28, 29 y 30.- 2v3.
EDICTO
Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
C. FABIÁN ROSAS GAYTÁN
DOMICILIO DESCONOCIDO.
El presente H. Juzgado Tercero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha 15 de enero de 2020, ordenó la radicación del Expediente Número 00496/2010, relativo al Incidente de Actualización de Liquidación de Pensiones Alimenticias Acumuladas, promovido por la C. EMILIA
GONZÁLEZ PEREZ, en contra del C. FABIÁN ROSAS
GAYTÁN, y mediante auto de fecha 28 de febrero de 2023, se ordenó emplazar por medio de edictos, que deberán de publicarse por TRES VECES consecutivas, en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico de mayor circulación que se edite en este Segundo Distrito Judicial, debiendo ser publicados los mismos en atención al Acuerdo General 16/2020 de fecha 18 de agosto del 2021, en el Sitio del Tribunal Electrónico del Poder Judicial del Estado; esto con efectos de esta propia fecha y mientras persistan las medidas extraordinarias que dicte el Consejo de la Judicatura del Estado, dada la contingencia del Covid-19, haciéndole saber que se le concede a la parte demandada el término de sesenta días para que ocurra al Juzgado a producir su contestación, si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer en contra de la misma, y que en caso de no dar contestación en el término otorgado para tal efecto, se ordenará que las subsecuentes notificaciones de

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 29/3/2023 - Judicial

TitoloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

PaeseMessico

Data29/03/2023

Conteggio pagine27

Numero di edizioni1833

Prima edizione11/03/2010

Ultima edizione22/05/2024

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