Periódico Oficial de Tamaulipas del 20/3/2018 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Página 32

Victoria, Tam., martes 20 de marzo de 2018

Periódico Oficial
ARTÍCULO 293.
1. En casos donde se presenten emergencias ecológicas o contingencias ambientales que no rebasen el territorio del Estado y no requieran de la acción exclusiva de la Federación o en casos de contaminación con repercusiones peligrosas para la salud humana, la biodiversidad, los ecosistemas y sus componentes, el titular de la Secretaría y los Ayuntamientos podrán ordenar como medida de seguridad la retención de sustancias o materiales contaminantes, la clausura temporal, parcial o total de las fuentes contaminantes y promoverán ante las autoridades competentes en los términos de las disposiciones aplicables, la ejecución de las medidas de seguridad que se establezcan para tal efecto.
2. Cuando los ordenamientos a que se refiere el párrafo anterior, no incluyan medidas de seguridad para hacer frente a los riesgos de desequilibrio ecológico, la Secretaría o los Ayuntamientos previa opinión de las autoridades competentes, emitirán las disposiciones conducentes.
ARTÍCULO 294.
1. Cuando la Secretaría o los Ayuntamientos, en caso de su competencia, estimen que existe riesgo inminente de desequilibrio ecológico, de daño o deterioro graves a los elementos y recursos naturales; casos de contaminación con repercusiones peligrosas para la salud de las personas, los ecosistemas o sus componentes, podrán ordenar alguna o algunas de las medidas de seguridad siguientes:
I. a la IV.
2. La Secretaría o los Ayuntamientos, en su caso, podrán promover ante la autoridad competente la ejecución de alguna o algunas de las medidas de seguridad que se establezcan en otros ordenamientos.
ARTÍCULO 296.
Para la imposición de las sanciones por infracciones a este Código, se tomará en cuenta:
I. a la VI.
ARTÍCULO 297.
1. Solo 2. En los casos de infracciones a este Código que impliquen la reparación del daño causado al medio ambiente, la Secretaría o los Ayuntamientos, en su caso, no podrán establecer ninguna excepción o condonación al cumplimiento de las obligaciones correlativas.
ARTÍCULO 300.
1. La Secretaría y los Ayuntamientos, en su caso, podrán establecer programas para el cumplimiento voluntario de las obligaciones ambientales fuera de los plazos señalados por los ordenamientos aplicables. Dicho cumplimiento no eximirá de la responsabilidad contraída por el infractor y de que, a través del procedimiento administrativo pertinente se le imponga la sanción que corresponda. En caso de que proceda la imposición de una multa esta podrá ser reducida entre un treinta a un sesenta por ciento en su monto de acuerdo a lo previsto en el presente Código, sobre la base de las características y gravedad de las obligaciones incumplidas.
2. Se I. Exista II. Se encuentre dentro del término de cinco días otorgados para manifestar lo que a su derecho convenga después de practicada una visita de inspección por parte de la Secretaría o los Ayuntamientos, en su caso;
III. Se le haya dejado citatorio por parte de la Secretaría o el Ayuntamiento, en su caso, en el que se le informe la fecha y hora en la que se va practicar una visita de inspección;
IV. a la VI.
3. La ARTÍCULO 301.
1. La Secretaría podrá solicitar a instituciones de educación superior, centros de investigación y de expertos reconocidos en la materia, la elaboración de dictámenes que serán considerados en la emisión de las resoluciones que pongan fin a los procedimientos administrativos a que se refiere este Código, así como en otros actos que realice la propia Secretaría.
2. En ARTÍCULO 302.
A solicitud de los interesados, la Secretaría y los Ayuntamientos, en su caso, podrán celebrar convenios en los que pongan fin a un procedimiento en concreto, siempre que concurran las siguientes condiciones:
I. a la lll.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 20/3/2018 - Anexo

TitoloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaeseMessico

Data20/03/2018

Conteggio pagine34

Numero di edizioni1119

Prima edizione27/01/1999

Ultima edizione22/05/2024

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