Periódico Oficial de Michoacán del día 27/4/2020

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Source: Periódico Oficial de Michoacán

PÁGINA 4

Lunes 27 de Abril de 2020. 1a. Secc.

atribuciones, de acuerdo con el Manual de Organización General del Ayuntamiento de Buenavista, Michoacán:
I.

Procurar el adecuado desarrollo administrativo de las distintas dependencias del Ayuntamiento;

II.

Organizar y dirigir el sistema integral de control de gestión de la administración municipal;

III.

Formular y coordinar la ejecución del programa de auditorías que se requieran para la regulación y control del ejercicio programático de la administración municipal;

IV.

Ordenar e instruir las auditorias programadas a las diferentes áreas de la administración municipal;

V.

Dictaminar, aprobar y exigir el cumplimiento de las observaciones y la solventación requerida a las mismas, derivadas de los procesos de auditoría interna que se practiquen;

VI.

Controlar el ejercicio de los recursos transferidos al Municipio procedentes de recursos federales y estatales;

VII.

Establecer los mecanismos disciplinarios de la función pública y los registros del patrimonio de los servidores públicos, de conformidad con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán;

XVI.

Registrar, en coordinación con el Síndico, los bienes muebles e inmuebles del Ayuntamiento, para que estén debidamente inventariados;

XVII. Vigilar que las actividades de obra pública, adquisiciones, enajenaciones, bienes y la prestación de servicios públicos, se ajusten a las disposiciones legales;
XVIII. Vigilar que las dependencias de la administración pública municipal funcionen de acuerdo con sus atribuciones y funciones, de conformidad con las disposiciones del presente manual y demás relativas;
XIX.

Revisar y sancionar las propuestas y dictámenes que tengan como fin la concesión de servicios públicos, con el propósito de que cumplan los requisitos legales;

XX.

Aplicar el Reglamento de Auditoría Gubernamental, para lo cual debe diseñar un plan de trabajo bien estructurado;

XXI.

Conocer y observar la ley de obligaciones y responsabilidades para los servidores públicos; y,
L A
G E
L

XXII. Las demás que le otorgue la Ley Orgánica Municipal, el Ayuntamiento y el Presidente Municipal.
ATRIBUCIONES DELAUXILIAR DE CONTRALORÍA
I.

"Versión digital de consulta, carece de valor legal artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial"

PERIÓDICO OFICIAL

Apoyo administrativo, llevando a cabo tareas como fotocopiado, atención al teléfono, registro de los mensajes y gestión de los artículos de papelería y otros materiales;

VIII.

Ejercer la vigilancia correspondiente en los procedimientos de licitaciones, contrataciones y demás que celebren las autoridades y funcionarios municipales;

II.

IX.

Preparar los dictámenes y observaciones correspondientes a los informes de cuenta pública y evaluación del desempeño que se expidan por parte de todas las áreas de la administración municipal;

Gestión de los sistemas de archivado. Se aseguran de que los documentos importantes estén debidamente registrados, digitalizados y almacenados.;

III.

Informar periódicamente, cada tres meses al Ayuntamiento, sobre las actividades realizadas y de las irregularidades encontradas en las dependencias, a fin de que sean corregidas y/o se finquen las responsabilidades correspondientes;

Los documentos que lleguen a la oficina de Contraloría Municipal serán recogidos por el auxiliar de contraloría que se encargará de verificar que han sido aceptados por la misma, a través de una firma. Además, lo entregará al titular de la Contraloría Municipal;

IV.

Es responsabilidad de este profesional hacerse cargo de guardar los documentos. Además, tendrá que revisarlos periódicamente para asegurarse de conservarlos y conocer su ubicación exacta para poder acceder a ellos en cualquier momento;

X.

N
I S

R
O L
A V

XI.

Fincar las responsabilidades administrativas de los servidores públicos por acciones u omisiones en su desempeño;

XII.

Participar en la elaboración, discusión y análisis de la normatividad municipal;

V.

Sancionar los instrumentos normativos, manuales y demás normas que se establezcan para la regulación de sistemas y procedimientos de la administración municipal;

Procesar y registrar información mediante archivos informáticos y bases de datos, en particular la base de datos para la Declaración Patrimonial;

VI.

Estar al cargo y responsabilidad de los sistemas de clasificación de documentación importante;

VII.

En algunos casos, redactar oficios, informes o algún otro tipo de documento;

VIII.

Apoyo para la revisión de documentos; y,
IX.

Las demás que le otorgue el titular de la Contraloría
XIII.

XIV.

XV.

A
I P
O C

Formular los dictámenes de la cuenta pública y revisar su contenido a plena satisfacción de las normas de control vigentes en el Municipio;
Vigilar el cumplimiento del Bando de Gobierno Municipal, del Plan de Desarrollo Municipal, de los Reglamentos y disposiciones del Ayuntamiento;

Riguardo a questa edizione

Periódico Oficial de Michoacán del día 27/4/2020

TitoloPeriódico Oficial de Michoacán

PaeseMessico

Data27/04/2020

Conteggio pagine8

Numero di edizioni6992

Prima edizione04/01/1954

Ultima edizione10/05/2024

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