Periódico Oficial de Michoacán del día 27/4/2020
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Source: Periódico Oficial de Michoacán
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Lunes 27 de Abril de 2020. 1a. Secc.
atribuciones, de acuerdo con el Manual de Organización General del Ayuntamiento de Buenavista, Michoacán:
I.
Procurar el adecuado desarrollo administrativo de las distintas dependencias del Ayuntamiento;
II.
Organizar y dirigir el sistema integral de control de gestión de la administración municipal;
III.
Formular y coordinar la ejecución del programa de auditorías que se requieran para la regulación y control del ejercicio programático de la administración municipal;
IV.
Ordenar e instruir las auditorias programadas a las diferentes áreas de la administración municipal;
V.
Dictaminar, aprobar y exigir el cumplimiento de las observaciones y la solventación requerida a las mismas, derivadas de los procesos de auditoría interna que se practiquen;
VI.
Controlar el ejercicio de los recursos transferidos al Municipio procedentes de recursos federales y estatales;
VII.
Establecer los mecanismos disciplinarios de la función pública y los registros del patrimonio de los servidores públicos, de conformidad con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán;
XVI.
Registrar, en coordinación con el Síndico, los bienes muebles e inmuebles del Ayuntamiento, para que estén debidamente inventariados;
XVII. Vigilar que las actividades de obra pública, adquisiciones, enajenaciones, bienes y la prestación de servicios públicos, se ajusten a las disposiciones legales;
XVIII. Vigilar que las dependencias de la administración pública municipal funcionen de acuerdo con sus atribuciones y funciones, de conformidad con las disposiciones del presente manual y demás relativas;
XIX.
Revisar y sancionar las propuestas y dictámenes que tengan como fin la concesión de servicios públicos, con el propósito de que cumplan los requisitos legales;
XX.
Aplicar el Reglamento de Auditoría Gubernamental, para lo cual debe diseñar un plan de trabajo bien estructurado;
XXI.
Conocer y observar la ley de obligaciones y responsabilidades para los servidores públicos; y,
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A
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XXII. Las demás que le otorgue la Ley Orgánica Municipal, el Ayuntamiento y el Presidente Municipal.
ATRIBUCIONES DELAUXILIAR DE CONTRALORÍA
I.
"Versión digital de consulta, carece de valor legal artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial"
PERIÓDICO OFICIAL
Apoyo administrativo, llevando a cabo tareas como fotocopiado, atención al teléfono, registro de los mensajes y gestión de los artículos de papelería y otros materiales;
VIII.
Ejercer la vigilancia correspondiente en los procedimientos de licitaciones, contrataciones y demás que celebren las autoridades y funcionarios municipales;
II.
IX.
Preparar los dictámenes y observaciones correspondientes a los informes de cuenta pública y evaluación del desempeño que se expidan por parte de todas las áreas de la administración municipal;
Gestión de los sistemas de archivado. Se aseguran de que los documentos importantes estén debidamente registrados, digitalizados y almacenados.;
III.
Informar periódicamente, cada tres meses al Ayuntamiento, sobre las actividades realizadas y de las irregularidades encontradas en las dependencias, a fin de que sean corregidas y/o se finquen las responsabilidades correspondientes;
Los documentos que lleguen a la oficina de Contraloría Municipal serán recogidos por el auxiliar de contraloría que se encargará de verificar que han sido aceptados por la misma, a través de una firma. Además, lo entregará al titular de la Contraloría Municipal;
IV.
Es responsabilidad de este profesional hacerse cargo de guardar los documentos. Además, tendrá que revisarlos periódicamente para asegurarse de conservarlos y conocer su ubicación exacta para poder acceder a ellos en cualquier momento;
X.
N
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S
R
O
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A
V
XI.
Fincar las responsabilidades administrativas de los servidores públicos por acciones u omisiones en su desempeño;
XII.
Participar en la elaboración, discusión y análisis de la normatividad municipal;
V.
Sancionar los instrumentos normativos, manuales y demás normas que se establezcan para la regulación de sistemas y procedimientos de la administración municipal;
Procesar y registrar información mediante archivos informáticos y bases de datos, en particular la base de datos para la Declaración Patrimonial;
VI.
Estar al cargo y responsabilidad de los sistemas de clasificación de documentación importante;
VII.
En algunos casos, redactar oficios, informes o algún otro tipo de documento;
VIII.
Apoyo para la revisión de documentos; y,
IX.
Las demás que le otorgue el titular de la Contraloría
XIII.
XIV.
XV.
A
I
P
O
C
Formular los dictámenes de la cuenta pública y revisar su contenido a plena satisfacción de las normas de control vigentes en el Municipio;
Vigilar el cumplimiento del Bando de Gobierno Municipal, del Plan de Desarrollo Municipal, de los Reglamentos y disposiciones del Ayuntamiento;