Periódico Oficial de Chiapas del 19/12/2018 - Sección Tercera

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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

miércoles 19 de diciembre de 2018

Periódico Oficial No. 002 3a. Sección
Artículo Quinto.- Los recursos humanos, financieros y materiales, además de los compromisos y procedimientos que a la entrada en vigor del presente Decreto hubiese contraído, tenga asignados o le correspondan al Instituto AMANECER que hoy se extingue, así como las atribuciones y referencias que otras leyes le hubiesen asignado, serán transferidos, se entenderán conferidos y serán atendidos por la Secretaría de Bienestar, a través del área u órgano administrativo de su estructura orgánica que determine su Reglamento Interior.
Artículo Sexto.- Los recursos humanos, financieros y materiales que a la entrada en vigor del presente Decreto tenga asignados o le correspondan al Instituto para la Administración de las Instalaciones de la Feria Internacional Mesoamericana que hoy se extingue, serán transferidos a la Secretaría de Hacienda para su reasignación, destino y aplicación. Los compromisos y procedimientos que le correspondían al Instituto para la Administración de las Instalaciones de la Feria Internacional Mesoamericana, así como las atribuciones y referencias que le hubiesen asignado, serán atendidos por el Patronato de la Feria Internacional Mesoamericana.
Artículo Séptimo.- Las dependencias normativas del Ejecutivo, en el ámbito de sus respectivas competencias, llevarán a cabo de inmediato las acciones que resulten necesarias para el debido cumplimiento del presente Decreto.
Artículo Octavo. - Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
Artículo Noveno. - La Secretaría de Hacienda, en coordinación con las instancias a las que se transfieren las atribuciones y recursos de las Entidades Paraestatales que por este Decreto se extinguen, llevarán a cabo las acciones relativas para promover su disolución y liquidación patrimonial en su caso, en términos de las disposiciones aplicables.
Artículo Décimo. - En cumplimiento a lo prescrito en el artículo 10, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, en correlación con el artículo 13, fracción III de la Ley Estatal del Periódico Oficial, publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial.

Dado en el Palacio de Gobierno, Residencia Oficial del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
RUTILIO ESCANDÓN CADENAS, GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIAPAS.- ISMAEL BRITO
MAZARIEGOS, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- Rúbricas
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Periódico Oficial de Chiapas del 19/12/2018 - Sección Tercera

TitoloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

PaeseMessico

Data19/12/2018

Conteggio pagine7

Numero di edizioni241

Prima edizione20/12/2006

Ultima edizione21/06/2023

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