Periódico Oficial de Chiapas del 21/3/2018 - Sección Segunda

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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 21 de marzo de 2018

Periódico Oficial No. 357 2a. Sección
5622

PUBLICACIONES ESTATALES

Secretaría General de Gobierno Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales DECRETO NÚMERO 164
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente:
DECRETO NÚMERO 164
La Honorable Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y CONSIDERANDO
Que el artículo 45, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no están reservadas al Congreso de la Unión, así como, en aquellas en que existan facultades concurrentes, de acuerdo con el pacto federal.
Que el Gobierno del Estado, a través del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, se encarga de brindar prestaciones y beneficios de seguridad social, donde se contempla el otorgamiento de pensiones diversas; cuyo procedimiento deber ser sencillo y práctico, a efecto de que el trabajador pueda obtener el beneficio de pensionarse al cumplir con los requisitos establecidos en la presente Ley. En ese sentido, se hace necesario actualizar los procedimientos administrativos que nos permitan otorgar mejores y más eficientes servicios, con el objeto de mejorar el desempeño del Instituto.
Que éste Instituto tiene como una de sus prioridades otorgar y garantizar bienestar social a los derechohabientes a través del otorgamiento de una pensión, por lo que es indispensable dar orden al proceso de recepción de las solicitudes, en consecuencia, se establecen dos períodos en el año, para presentar la solicitud de pensiones, con la finalidad de eficientar el servicio y mejorar el esquema de operatividad actual.
Que derivado de la atención que se brinda al sector pensionista, es necesario se otorgue un servicio integral que humanice y dignifique la atención, por ende, es importante cambiar los procedimientos administrativos para brindar facilidades adecuadas a los pensionistas, a fin de evitar molestias por la retención de sus pagos, cuando por alguna causa se encuentran imposibilitados de acudir a comprobar su supervivencia de manera personal; así como el traslado de aquellos que por su longevidad comprometerían su salud.
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Periódico Oficial de Chiapas del 21/3/2018 - Sección Segunda

TitoloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaeseMessico

Data21/03/2018

Conteggio pagine21

Numero di edizioni543

Prima edizione11/12/2006

Ultima edizione21/06/2023

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