Periódico Oficial de Aguascalientes del 23/2/2023

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes

Pág. 14

PERIÓDICO OFICIAL

Febrero 23 de 2023

A

Las propuestas se presentarán por escrito libre, dirigidas a la Titular del Poder Ejecutivo del Estado acompañando la documentación siguiente:
I.

O
IV
H C
R

Documentos que comprueben la identidad de la persona propuesta:
a Copia del acta de nacimiento;
b Copia de identificación oficial vigente;
c Copia de comprobante de domicilio con una antigedad máxima de tres meses, y d Copia certificada del título profesional y cédula que acredite el nivel de licenciatura, así como de los documentos que acrediten los conocimientos y experiencia, únicamente para el caso en que la postulación sea para ocupar el cargo a que se refiere la fracción II del párrafo segundo de la Base Primera de la presente Convocatoria;
II. Carta de exposición de motivos en donde se manifiesten las razones por las cuales se considera que es la idónea para para ser integrante del Consejo Estatal Ciudadano;
III. Escrito libre firmado por la persona propuesta donde manifieste expresamente su voluntad para participar en la presente convocatoria de consulta pública;
IV. Currículum vitae de la persona propuesta en el cual se acredite tener los conocimientos y experiencia suficiente en materia de derechos humanos y búsqueda de personas, así como en ciencias forenses o investigación criminal, adjuntándose al mismo, copia simple de los documentos que acrediten los conocimientos y experiencia señalados en el currículum vitae, en el caso de la fracción II del párrafo segundo de la Base Primera.
V. Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste no desempeñarse en un cargo como servidor público nacional, estatal o municipal.
VI. Presentar un escrito en donde describa lo que espera aportar para la generación de acciones, políticas públicas, programas y proyectos, en caso de ser seleccionado para ser integrante del Consejo Estatal, con apego en las atribuciones establecidas en el artículo 17 del Reglamento de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes.

A

P

R

Los documentos en copia deberán presentarse acompañados de sus originales para su cotejo.

A

Quinta. Seguimiento a Propuestas:
La Secretaría General de Gobierno realizará el registro de las propuestas y, en su caso, llevará a cabo el cotejo de la documentación presentada. Se tendrá como criterio de evaluación lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes.

N

O

C

Una vez concluido el plazo de recepción de las propuestas, la Secretaría General de Gobierno, en coadyuvancia con la persona Titular de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la conclusión del plazo de registro, analizarán la documentación de cada una de las propuestas, para revisar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad conforme a lo dispuesto en la presente Convocatoria; y, una vez concluido este plazo, dentro de los 5 días hábiles siguientes, se realizará una entrevista a las personas registradas que hayan cumplido con la totalidad de los requisitos solicitados, en fecha y hora agendada, con el objetivo de identificar los perfiles que sean idóneos para ser integrantes del Consejo Estatal Ciudadano.

La persona Titular de la Secretaría General de Gobierno;
La persona Titular de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes; y La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes.

LT

I.
II.
III.

U

S

Sexta. Selección de Perfiles Idóneos:
Una vez realizadas las entrevistas a los candidatos señalados en la base inmediata anterior, se llevará a cabo una Sesión Pública a efecto de seleccionar los perfiles idóneos para ocupar cada uno de los cargos como integrantes descritos en la Base Primera, en la que participarán las siguientes personas:

A

A la sesión pública deberá asistir una persona adscrita a la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes, quien fungirá como Secretario Técnico, quien elaborará un dictamen en donde se asentarán las deliberaciones de las personas descritas en el párrafo anterior, con el objeto de proceder a la selección de los perfiles idóneos y, posteriormente, ser propuestos a la persona Titular del Poder Ejecutivo mediante dicho Dictamen para que sean nombrados.
Séptima. Publicidad de las Personas Seleccionadas:
En el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes se deberán hacer públicos los nombramientos de las personas seleccionadas para integrar el Consejo Estatal Ciudadano de la Comisión Estatal de Búsqueda del Estado de Aguascalientes, acompañando una exposición fundada y motivada sobre la idoneidad de los perfiles elegidos.

Riguardo a questa edizione

Periódico Oficial de Aguascalientes del 23/2/2023

TitoloPeriódico Oficial de Aguascalientes

PaeseMessico

Data23/02/2023

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1339

Prima edizione03/01/2000

Ultima edizione28/08/2023

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