Periódico Oficial de Aguascalientes del 30/1/2023
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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes
Enero 30 de 2023
PERIÓDICO OFICIAL
Primera Sección
Pág. 3
A
O
IV
H
C
R
Con la finalidad de cumplir los extremos legales establecidos en el marco legislativo del Honorable Congreso del Estado, solicitamos a usted, se sirva disponer la publicación de la presente Convocatoria en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, con la finalidad de llevar a cabo dicho Período Extraordinario de Sesiones.
Agradecemos cumplidamente las atenciones que se sirva dar al presente, reiterando a usted, las seguridades de nuestra consideración distinguida.
ATENTAMENTE
LA MESA DIRECTIVA
DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE
JUAN LUIS JASSO HERNÁNDEZ
DIPUTADO PRESIDENTE
SANJUANA MARTÍNEZ MELÉNDEZ
DIPUTADA PRIMER SECRETARIA
RÁUL SILVA PEREZCHICA
DIPUTADO EN FUNCIONES DE SEGUNDO SECRETARIO
P
A
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
PODER LEGISLATIVO
R
ASUNTO: Se solicita publicación de Fe de Erratas al Decreto Número 280.
A
Aguascalientes, Ags., 25 de enero de 2023
C
C. DRA. MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL
GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
P R E S E N T E.
N
O
De conformidad a lo dispuesto por los Artículos 15; 16 Fracción II; 18; 19; 20 y 21 de la Ley del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, solicitamos a Usted publicar la corrección al Decreto Número 280 publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes Número 72, Extraordinario, Decima Sexta Sección del Tomo XXIII de fecha 31 de diciembre del año 2022, en virtud de lo siguiente:
Único. - En el Decreto Número 280, que contiene el ARTÍCULO PRIMERO, en específico a la denominación de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, se publicó de la siguiente manera:
U
Decreto Número 280
S
DICE:
ARTÍCULO 12. -
VIII. Secretaría de Planeación, Participación y Desarrollo. - SEPLADE;
IX. a la XIX.
A
I. a la VII.
LT
ARTÍCULO PRIMERO. Se Reforma la fracción VIII del artículo 12 de la LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL DE AGUASCALIENTES , para quedar en los siguientes términos: