Periódico Oficial de Aguascalientes del 15/10/2018 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Octubre 15 de 2018

PERIÓDICO OFICIAL

Tercera Sección
Pág. 3

Artículo 5. Para los efectos de este Reglamento se entiende por:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.

VII.
VIII.
IX.
X.
XI.
XII.
XIII.
XIV.
XV.
XVI.
XVII.
XVIII.
XIX.

XX.
XXI.
XXII.
XXIII.
XXIV.

Aceite usado: El residuo generado por el desgaste de motores y que se considera peligroso;
Acolchado: También conocido como mulch, es una estrategia que se utiliza para proteger los suelos y aportar diversos beneficios a partir del triturado e incorporación de desechos de poda.
Afinación: El servicio o mantenimiento que se da a los vehículos automotores con la finalidad de hacer eficiente su operación y de minimizar emisiones contaminantes;
Agua residual tratada: Aquellas que mediante procesos individuales de tipo físicos, químicos, biológicos u otros, se han adecuado para hacerlas aptas para su reúso en servicios al público;
Ambiente: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados;
Árbol Patrimonial: Sujeto forestal que contiene relevancia histórica, valor paisajístico, tradicional, etnológico, artístico o de monumento natural para la sociedad del Municipio, mismo que ha sido declarado como tal por el Gobierno Municipal en los términos del presente reglamento;
La categoría no excluye a aquellos árboles jóvenes de reciente plantación, que se encuentren ya consolidados y con óptimas proyecciones de crecimiento y dotación de servicios ambientales;
Arboricultura: A la serie de acciones tendientes a la correcta selección, propagación, plantación, cuidado y mantenimiento de las plantas, arbustos y árboles;
Áreas Naturales Protegidas: Las zonas del territorio sobre las que el Municipio ejerce su jurisdicción y que por sus características de alto valor ecológico y biodiversidad requieren ser preservadas o restauradas y que están sujetas al régimen previsto en las leyes ambientales vigentes;
Áreas verdes: La superficie de terreno dentro del área urbana o en su periferia, provista de vegetación, jardines, arboledas y edificaciones menores complementarias;
Asentamientos humanos: El establecimiento de un conglomerado demográfico con el conjunto de sus sistemas de convivencia, en un área físicamente localizada;
Banqueta: Al espacio público destinado a la circulación o permanencia de peatones, que incluye una franja de equipamiento destinada para colocar mobiliario, señalización, vegetación y equipamiento;
Banqueo: A la acción de confinar las raíces de un árbol y la tierra que las cubre en un contenedor de arpilla o tela de costal formando una bola o cepellón;
Biodiversidad: A la variedad de ecosistemas, organismos, especies y su material genético, así como sus interacciones ecológicas y los servicios y beneficio ambientales que prestan;
Biopolímeros: Materiales que pueden sustituir a los tradicionales materiales plásticos en varias aplicaciones, con enormes ventajas de carácter ambiental bajo impacto ambiental y bajo consumo energético involucrado en su producción;
Bosque urbano: Al área verde que presenta una importante densidad de árboles, principalmente nativos, sin infraestructura ni mobiliario urbanoque se localiza dentro de la mancha urbana;
Cambio Climático: Modificación de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos de tiempo comparables;
Campaña: La serie de esfuerzos coordinados entre la población y autoridad en las materias propias de este Reglamento;
CCAPAMA: Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes;
Centro de población: Las áreas constituidas por las zonas urbanizadas, las que se reservan y las que se consideran no urbanizables por causas de preservación ecológica, prevención de riesgos y mantenimiento de actividades productivas dentro de los límites de dichos centros, así como las que por resolución de autoridad competente, se provea para la fundación de los mismos;
Centro de verificación vehicular: El establecimiento que cuente con la autorización, equipo y metodología para medir las emisiones contaminantes de los vehículos automotores;
Circulación: La acción que realizan los vehículos cuando son trasladados de un lado a otro por las vías públicas;
Código Municipal: El Código Municipal de Aguascalientes;
Consejo: Consejo Municipal de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Municipio de Aguascalientes.
Conservación: La permanencia de elementos que permita el máximo rendimiento sostenido de los recursos naturales con el mínimo deterioro ambiental, logrado mediante la planeación ambiental del

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 15/10/2018 - Sección 3ra.

TitoloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

PaeseMessico

Data15/10/2018

Conteggio pagine98

Numero di edizioni471

Prima edizione30/10/2000

Ultima edizione28/08/2023

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