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Gaceta Oficial de la Rep. de Panamá del 15/3/2024 - Sección A
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Source: Gaceta Oficial de la República de Panamá - Sección A
No. 29990-A
Gaceta Oficial Digital, viernes 15 de marzo de 2024
Los supermercados y demás establecimientos que se dediquen a otras actividades comerciales deberán tomar las medidas necesarias para mantener cerrada el área destinada al expendio de bebidas alcohólicas.
ARTÍCULO SEGUNDO: Se ordena el cierre de cantinas, bares, discotecas, parrilladas y cevicherías el día 29 de marzo de 2024 Viernes Santo, desde las doce un minuto antes meridiano 12:01 a.m. hasta las doce de la noche 12: 00 m.n. de este mismo día.
ARTÍCULO TERCERO: Se suspende, en el distrito de Panamá, el uso de cajas de música, sinfonías y equipos de audio, así como también la realización de actividades bailables, karaokes o conciertos amenizados por orquestas, conjuntos, unidades móviles u otros medios de difusión o reproducción de música, el día 29 de marzo de 2024 Viernes Santo, desde las doce un minuto antes del meridiano 12:01 m.n. hasta las doce de la noche 12:00 m.n. del mismo día.
ARTÍCULO CUARTO: Se autoriza a las unidades de la Policía Nacional, los agentes de la Vigilancia Municipal, Inspectores Municipales, Jueces de Paz, Jueces de Paz Nocturnos y Funcionarios de Cumplimiento para que hagan cumplir las disposiciones del presente Decreto.
ARTÍCULO QUINTO: Se sancionará con multa de Cien Balboas con 00/100 B / .100.00
a Mil Balboas con 00/100 B /.1,000.00 a los infractores de las disposiciones anteriores, que serán aplicadas, a prevención, por el Alcalde, y los Jueces de Paz Nocturnos.
ARTÍCULO SEXTO: Este Dec;reto comenzará a regir a partir de su promulgación.
FUNDAMENTO LEGAL: Ley 106 de 8 de octubre de 1973 y Ley 55 de 10 de julio de 1973, modificada por la Ley 5 de 11 de enero de 2007.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
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JOSE bfJIS. FÁBREGA
Alcalde del Disio de Panamá 1.
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