La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 18/3/2019

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

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La Gaceta Nº 54 Lunes 18 de marzo del 2019

contrato con la United Fruit Company para operar en el Pacífico y en él se acordó la no contratación de trabajadores afroantillanos bajo criterio racial. Y a nivel de los medios de comunicación se propuso su segregación residencial: los negros en las tierras bajas del Caribe y los blancos en las tierras altas del interior.
VIII.Que en 1955 el diputado Alex Curling Delisser propuso una reforma a las Leyes de Migración y Extranjería que condujo a la aprobación de la Ley N 1902, el 08 de julio de 1955, y sancionada el 09 de julio de 1955 por el Poder Ejecutivo, la cual dispone: créase un servicio para la obtención de documentos de identidad para los ciudadanos que deban proveerse de ellos, y opción y naturalización para elementos de nacionalidad extranjera, nacidos en la República y de hijos costarricenses nacidos fuera del país que puedan y deseen optar por la nacionalidad costarricense o naturalizarse como tales, según el caso. Igualmente, para los extranjeros que justifiquen un domicilio no menor de veinte años. Se le conoce como la Ley Curling y es una ley vigente.
IX.Que la Ley N 1902 derogó el Decreto-Ley Nº 836 de 4 de noviembre de 1949 y el párrafo 3º del artículo 5º de la ley Nº 31 de 10 de diciembre de 1934 que prohibía ocupar a personas afrodescendientes en los trabajos de producción de la industria bananera en el Pacífico.
X.Que al tenor de su aporte, Alex Curling Delisser fue declarado Benemérito de la Patria por la Asamblea Legislativa, Acuerdo N 6041 del 13 de diciembre 2001 y publicado en La Gaceta N 46, del 06 de marzo el 2002; por cuanto el señor Curling dedicó su vida a la lucha por el respeto de los Derechos Humanos e igualdad de todas las personas y se le conoce como Padre de la Igualdad jurídica.
XI.Que de conformidad con el artículo 12 del Decreto Ejecutivo N 37045-MP-MEIC, Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, adicionado por el Decreto Ejecutivo N 38898-MP-MEIC, artículo 12 bis y, en virtud de que este instrumento jurídico no contiene trámites, requisitos ni obligaciones que perjudiquen al administrado, se exonera este reglamento del trámite de la evaluación costobeneficio de la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Económica, Industria y Comercio. Por tanto, Decretan CREACIÓN DEL DÍA DE LA CONMEMORACIÓN
DE LA LEY N 1902, LEY ALEX CURLING
Artículo 1ºSe declara el día 03 de setiembre de cada año como Día de la conmemoración de la Ley N 1902, denominada Creación de un servicio para la obtención de documentos de identidad para los ciudadanos que deban proveerse de ellos y opción y naturalización para elementos de nacionalidad extranjera nacidos en la República e hijos costarricenses nacidos fuera del país, norma que a nivel nacional es conocida como la Ley Alex Curling.
Artículo 2ºPara esta conmemoración se realizarán actos educativos y culturales en los centros educativos públicos y privados del país, conducentes a promocionar y celebrar la igualdad jurídica entre las personas habitantes de la República de Costa Rica.
Artículo 3ºEste decreto empezará a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de octubre del dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.El Ministro de Educación Pública, Edgar Mora Altamirano.1 vez.O. C. N 00019538.
Solicitud N DAJ-244-3-19. D41463-IN2019327171 .

ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
N 137-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 inciso 1 de la Constitución Política; en el artículo 47 inciso 3 de la Ley N 6227-Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978.

Considerando:
I.Que mediante Acuerdo N 001-P, publicado en el Alcance Digital N 94 de La Gaceta N 94 de fecha 9 de mayo de 2018, se nombró al señor Edgar Mora Altamirano, como Ministro de Educación Pública.
II.Que el señor Edgar Mora Altamirano, Ministro de Educación Pública, ha solicitado permiso sin goce de salario al señor Presidente de la República para ausentarse de sus funciones, con la intención de atender asuntos personales. Por tanto, ACUERDA:
Artículo 1Autorizar al señor Edgar Mora Altamirano, con cédula de identidad número dos-cuatrocientos veinte-ciento ochenta y dos, Ministro de Educación Pública, permiso sin goce de salario para ausentarse de sus funciones de las 00:00 horas del día miércoles 26 de diciembre de 2018 hasta las 23:59 horas del día domingo 06
de enero de 2019 inclusive.
Artículo 2Durante la ausencia del señor Edgar Mora Altamirano, Ministro de Educación Pública, se nombra a la señora Amparo Isabel Oreamuno Pacheco, cédula de identidad N nuevecero cuarenta y nueve-doscientos sesenta y cinco, Viceministra de Planificación Institucional y Coordinación Regional del Ministerio de Educación Pública, de las 00:00 horas del día miércoles 26 de diciembre de 2018 hasta las 23:59 horas del día domingo 06 de enero de 2019 inclusive.
Artículo 3Rige a partir de las cero horas del veintiséis de diciembre dos mil dieciocho y hasta las veintitrés horas y cincuenta nueve minutos del seis de enero de dos mil diecinueve.
Dado en la Presidencia de la República, el día veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.1 vez.O. C.
N 00019538.Solicitud N DAJ-243-3-19. IN2019327168 .

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Nº 000203.Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
San José, a las 11:05 horas del día 15 del mes de febrero del dos mil diecinueve.
Diligencias de Declaratoria de Interés Público y Mandamiento Provisional de Anotación, en relación al inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Construcción de la Rampa de Acceso a la Ruta Nacional 1, en la Rivera de Belén.
Resultando:
1ºQue mediante oficio N DAJ-ABI-S-2018-579 de fecha 29 de noviembre del 2018, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N
9286 del 11 de noviembre del 2014 publicada en el Diario Oficial La Gaceta N 24 del 04 de febrero del 2015, y las reformas contenidas en la Ley N 9462 28 de julio del 2017, publicada en el Alcance N
175 del 18 de julio del 2017, en relación con el inmueble inscrito en el Registro Inmobiliario, finca matrícula N 4-61268-000, cuya naturaleza es terreno con una Planta Industrial, situado en el distrito 02 La Rivera, cantón 07 Belén, de la provincia de Heredia, con una medida de 165.487,01 metros cuadrados.
2ºQue del referido inmueble es de impostergable adquisición del área total del terreno equivalente a 114,00 metros cuadrados, según plano catastrado N 4-2051751-2018; siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto Construcción de la Rampa de Acceso a la Ruta Nacional 1, en la Rivera de Belén.
3ºQue constan en el expediente administrativo número SABI 2018-29 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:
a Plano catastrado N 4-2051751-2018, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 114,00 metros cuadrados.
b Estudio sobre la inscripción del inmueble;

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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 18/3/2019

TitoloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaeseCosta Rica

Data18/03/2019

Conteggio pagine60

Numero di edizioni5373

Prima edizione01/01/2003

Ultima edizione31/05/2024

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