Diario Oficial de la Unión Europea del 3/4/2020 - Sección Legislación

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

3.4.2020

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 103/1

II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN UE 2020/483 DE LA COMISIÓN
de 1 de abril de 2020
por el que se modifica por 313. vez el Reglamento CE n.o 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL Daesh y Al-Qaida a
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento CE n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL Daesh y Al-Qaida 1, y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a, y su artículo 7 bis, apartado 5, Considerando lo siguiente:
1

En el anexo I del Reglamento CE n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento.

1

El 24 de marzo de 2020, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió suprimir una entrada de la lista de personas, grupos y entidades a los que se deberá aplicar la congelación de fondos y recursos económicos.

2

Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento CE n.o 881/2002 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1
El anexo I del Reglamento CE n.o 881/2002 queda modificado de acuerdo con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 1 de abril de 2020.
Por la Comisión, En nombre de la Presidenta, Director General Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales
1 DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Unión Europea del 3/4/2020 - Sección Legislación

TitoloDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

PaeseBelgio

Data03/04/2020

Conteggio pagine57

Numero di edizioni9749

Prima edizione03/01/1986

Ultima edizione29/09/2023

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Abril 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930