Diario Oficial de la Federación del 12/05/2022

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Source: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Jueves 12 de mayo de 2022

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
ACUERDO por el que se otorga la autorización para el uso y aprovechamiento a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado ISSSTE, sobre un terreno con una superficie de 20,485.003 m2 del Archipiélago Islas Marías ubicado en la Isla María Madre, localizada a 112 km de la costa del Estado Mexicano de Nayarit.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.Secretaría de Gobernación.
ADÁN AUGUSTO LÓPEZ HERNÁNDEZ, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracciones II y VII, 9, párrafo segundo y 28, fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
CONSIDERANDO
Que el artículo 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional, la plataforma continental, los zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes, los mares territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependerán directamente del Gobierno de la Federación, con excepción de aquellas islas sobre las que hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los estados;
Que el artículo 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que corresponde a la Secretaría de Gobernación administrar las islas de jurisdicción federal, salvo aquellas cuya administración corresponda, por disposición de la ley, a otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal;
Que el artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, establece que corresponde originalmente a la persona Titular de la Secretaría la representación, trámite y resolución de los asuntos que competen a la Secretaría de Gobernación;
Que por Decreto Presidencial publicado el 12 de mayo de 1905, el Archipiélago denominado Las Tres Marías, se destinó para establecer una Colonia Penitenciaria; el 22 de ese mes y anualidad, la Secretaría de Gobernación tomó posesión del territorio insular y fue hasta 1908 que funcionó para el fin que se creó, correspondiendo al Ejército Mexicano su vigilancia y a partir del 16 de marzo de 1970, esta función la ha llevado a cabo la Armada de México con sus medios operativos;
Que el Estatuto de Las Islas Marías, reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 2010, establece en su artículo 1 que se destina el Archipiélago Islas Marías para el establecimiento de un Complejo Penitenciario como parte del Sistema Penitenciario Federal, a fin de que puedan en él cumplir la pena de prisión los sentenciados federales o del orden común que determine la Secretaría de Seguridad Pública;
Que con fecha 8 de marzo de 2019 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se desincorporan del Sistema Federal Penitenciario los Centros Federales de Readaptación Social señalados en su artículo primero, denominados: Centro Federal Femenil de Readaptación Social de Seguridad Mínima "Zacatal", Centro Federal de Readaptación Social de Mínima Seguridad "Aserradero", Centro Federal de Readaptación Social "Morelos", Centro Federal de Readaptación Social "Bugambilias" y Centro Federal de Readaptación Social de Seguridad Máxima "Laguna del Toro", ubicados en el Complejo Penitenciario Islas Marías de los Estados Unidos Mexicanos;
Que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, mediante oficio número DG.100.1/0244/2022, del 25 de marzo de 2022, solicitó a la Secretaría de Gobernación la autorización para el uso y aprovechamiento de un terreno de 20,485.003 m2, en la Isla María Madre, a fin de que se establezca una clínica de salud;
Que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para garantizar el otorgamiento de seguros, prestaciones y servicios, establecidos en los artículos 3 y 4 de su Ley, requiere llevar a cabo acciones prioritarias a fin de instalar una clínica de salud. Esta situación, debido a la condición de aislamiento geográfico del archipiélago y las restricciones administrativas que por razones de seguridad existen en cuanto al acceso, comunicaciones, habitación, alimentación y el traslado oportuno de personas y bienes, habiendo la necesidad de dotar de un espacio de terreno para tales fines;
Que en términos de lo desarrollado resulta procedente el otorgamiento de la autorización para el uso y aprovechamiento del terreno e infraestructura solicitada, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 2, fracciones II y VII, así como 28, fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales, sin menoscabo de que el

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Diario Oficial de la Federación del 12/05/2022

TitoloDiario Oficial de la Federación

PaeseMessico

Data12/05/2022

Conteggio pagine480

Numero di edizioni3426

Prima edizione01/01/2011

Ultima edizione17/05/2024

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