Diario Oficial de la Federación del 19/07/2019

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Source: Diario Oficial de la Federación

Viernes 19 de julio de 2019

DIARIO OFICIAL

Primera Sección
5

ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Acuerdo 74/2019
Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
IVÁN CAJEME VILLARREAL CAMERO, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 20 al 26 de julio de 2019.
ACUERDO
Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 20 al 26 de julio de 2019, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 92 octanos
35.03%

Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles
18.89%

Diésel
17.56%

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 20 al 26 de julio de 2019, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
Monto del estímulo fiscal pesos/litro
Gasolina menor a 92 octanos
$1.685

Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles
$0.767

Diésel
$0.927

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 20 al 26 de julio de 2019, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:
Combustible
Cuota pesos/litro
Gasolina menor a 92 octanos
$3.125

Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles
$3.293

Diésel
$4.353
TRANSITORIO

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 18 de julio de 2019.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Iván Cajeme Villarreal Camero.- Rúbrica.

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Federación del 19/07/2019

TitoloDiario Oficial de la Federación

PaeseMessico

Data19/07/2019

Conteggio pagine292

Numero di edizioni3434

Prima edizione01/01/2011

Ultima edizione29/05/2024

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