Diario Oficial El Peruano del 4/11/2022
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Source: Diario Oficial El Peruano
BOLETIN OFICIAL
Lima, viernes 4 de noviembre de 2022 I EL PERUANO
Nº
ADMINISTRADO
CANO GUERRERO, 12 DILCIA
DNI N 40328607
UBICACIÓN
MATERIA
ACTO QUE SE
NOTIFICA
PIURA
Requerimiento Oficio N 2630de pago 2022-MTC/28
LIMA
Requerimiento Oficio N 2437de pago 2022-MTC/28
CUSCO
Requerimiento Oficio N 2809de pago 2022-MTC/28
PASCO
Requerimiento Oficio N 2355de pago 2022-MTC/28
CHAVEZ TORRES, 16 GLUVER
DNI N 42022836
AMAZONAS
Requerimiento Oficio N 2904de pago 2022-MTC/28
CHOQUEHUANCA
17 SANTOS, ANIBAL
DNI N 76847729
SAN MARTIN
Requerimiento Oficio N 2421de pago 2022-MTC/28
JUNIN
Requerimiento Oficio N 2373de pago 2022-MTC/28
SAN MARTIN
Requerimiento Oficio N 2352de pago 2022-MTC/28
JUNIN
Requerimiento Oficio N 3148de pago 2022-MTC/28
DIAZ BURGA, 21 JUANA
DNI N 33738432
AMAZONAS
Requerimiento Oficio N 2934de pago 2022-MTC/28
EMPRESA DE
MULTISISTEMAS
DE RADIO Y TV.
22
ZURIDTH SRL
RUC N
10239162679
CUSCO
Requerimiento Oficio N 2506de pago 2022-MTC/28
AYACUCHO
Requerimiento Oficio N 3062de pago 2022-MTC/28
ANCASH
Requerimiento Oficio N 2520de pago 2022-MTC/28
CASTRO PAREJA, 13 FREDY
DNI N 45697606
CHACCA CHOQUE, 14 NARCISO
DNI N 24887039
15
18
CHAMORRO
CHAVIN, MARCO
ANTONIO
DNI N 40955566
CURISINCHE
RIVERA, VICTOR
ALEJANDRO
DNI N 43703677
CUSMA VALLE, 19 WILDER
DNI N 43783878
DALEK E.I.R.L
20 RUC N
20568472609
EMPRESA DE
SERVICIOS
MÚLTIPLES
23
SYRSUCRE S.A.C.
RUC N
20600568389
24
FIGUEROA
RODRIGUEZ, ANA
MARIA
DNI N 41821569
3
CONTENIDO DEL DOCUMENTO
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 780-2014-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de tasa correspondiente al período 2021 cuyo monto asciende a S/ 62.79 Sesenta y dos con 79/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 04
de julio de 2022 con código N 461466.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Directoral N 002-2021-MTC/28, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de tasa correspondiente al período 2021 cuyo monto asciende a S/ 38.87 Treinta y ocho con 87/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 22 de junio de 2022 con código N 433658.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de las autorizaciones otorgadas mediante Resolución Viceministerial N 264-2011-MTC/03 y 637-2018-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de canon correspondiente al periodo 2022, cuyo monto asciende a S/ 1,534.75 Mil quinientos treinta y cuatro con 75/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 13 de julio de 2022 con código N 437466.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 1094-2017-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de canon correspondiente al periodo 2022 y por tasa del periodo 2021, cuyo monto asciende a S/ 876.02 Ochocientos setenta y seis con 02/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 14 de junio de 2022 con código N 457760.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 802-2011-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de canon correspondiente a los periodos 2020 al 2022 cuyo monto asciende a S/ 1,151.11 Mil ciento cincuenta y uno con 11/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 20 de julio de 2022 con código N 438487.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 927-2017-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de tasa correspondiente al período 2021 cuyo monto asciende a S/ 154.19 Ciento cincuenta y cuatro con 19/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 22 de junio de 2022 con código N 458737.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 619-2017-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de canon correspondiente al período 2022 cuyo monto asciende a S/ 425.61 Cuatrocientos veinticinco con 61/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 16 de junio de 2022 con código N 456650.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de las autorizaciones otorgadas mediante Resolución Viceministerial N 1523-2016-MTC/03, 0776-2017-MTC/03 y 834-2017-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de canon correspondiente a los periodos 2021 al 2022, cuyo monto asciende a S/ 1,048.65 Mil cuarenta y ocho con 65/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 14 de junio de 2022 con código N 454632.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Directoral N 1952-2017-MTC/28, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de tasa correspondiente al período 2021 cuyo monto asciende a S/ 362.97 Trescientos sesenta y dos con 97/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 15 de agosto de 2022 con código N445948.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 366-2014-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de canon correspondiente a los periodos 2020 al 2022 cuyo monto asciende a S/ 895.31 Ochocientos noventa y cinco con 31/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 21 de julio de 2022 con código N 445044.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 0151-2002-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de canon correspondiente al período 2022 cuyo monto asciende a S/ 486.40 Cuatrocientos ochenta y seis con 40/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 28 de junio de 2022 con código N 119789.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Directoral N 2242-2021-MTC/28, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de derecho de autorización del periodo 2022 y por concepto de canon correspondiente al periodo 2022 cuyo monto asciende a S/ 1,962.11 Mil novecientos sesenta y dos con 11/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 08 de agosto de 2022 con código N 453872.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de las autorizaciones otorgadas mediante Resolución Viceministerial N 846-2015-MTC/03 y 644-2017-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de canon correspondiente al periodo 2022, cuyo monto asciende a S/ 1,621.35 Mil seiscientos veintiuno con 35/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 30 de junio de 2022 con código N 439953.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez 10 días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.