Diario Oficial El Peruano del 31/1/2020

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, viernes 31 de enero de 2020

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TUMBES
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales que se detallan en la posterior tabla donde se hace mención al infractor y la mercancía incautada, que en aplicación de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros, se procedió a incautar, debiendo apersonarse a solicitar su devolución acreditando con documentos la propiedad de los bienes incautados en cualquiera de las oficinas de la SUNAT a nivel nacional.
DOCUMENTO DE IDENTIDAD
CEX
0601534902

FECHA

INFRACTOR

ACTA

MERCANCIA

27.11.2019

MANUEL PAUCAR PAUCA

019-0202-2018-000749

116 UNID.- PANTALONETA PARA DAMA, MATERIAL SINTETICO, CON REFERENCIA ADIDAS, COLOR NEGRO, DIVERSAS TALLAS PROCEDENCIA EXTRANJERA.

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales que se detallan a continuación que se ha decretado sanción de COMISO y otros actos administrativos a través de la Resolución de División detallada a continuación, en aplicación de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros, debiendo apersonarse a recabar copia del documento notificado, en la Intendencia de Aduana Tumbes ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 Eje Vial 01 Aguas Verdes - Zarumilla Tumbes. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación.
Documento de Identidad
Infractor
Acta de incautación
Resolución de División
Cédula de Identidad Extranjera N 0601534902

MANUEL PAUCAR PAUCA

019-02022018-000749

019-3J0100/2019-000120

Cédula de Identidad Extranjera N 170391147-1
Cédula de Identidad Extranjera N 040103097-8
Cédula de Identidad Extranjera N 040077382
Cédula de Identidad Extranjera N 0703270942
Cédula de Identidad Extranjera N 0702791070
Cédula de Identidad Extranjera N 0703846048
Cédula de Identidad Extranjera N 070179107
Cédula de Identidad Extranjera N 040163090-0
Cédula de Identidad Extranjera N 87101564
Cédula de Identidad Extranjera N 1803710712
Cédula de Identidad Extranjera N 070122597-1

AGUAS BEDOYA LUIS
ALFONSO
VILLAREAL PATIÑO ROBERT
WILSON
MONTENEGRO PASPUEZAN
CARLOS HOMERO
MORALES GONZALES
WILSON HUMBERTO
SACCO GUERRERO WALTER
RAUL
HONORES GUERRERO
MIGUEL ADALBERTO

019-02052018-000028
019-02052018-000083
019-02052017-000068
019-02052018-000077
019-02052018-000121
019-02052018-000144
019-0205SACCO GUERRERO WALTER
2018-000142
CASTILLO ALEMÁN JHON
019-0205JAIRO
2017-000075
GUERRERO GARCIA
019-0205SEGUNDO ANDRES
2017-000074
FLORES SANCHEZ
019-0205SANTIAGO TARQUINO
2018-000076
MADRID PEREA FREDDY
019-0205ALEJANDRO
2017-000040

019-3J0500/2020-000054 con Informe SDD
N 177-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000096 con Informe SDD
N 180-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000098 con Informe N
3210-2018-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000095 con Informe SDD
N 77-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000094 con Informe SDD
N 28-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000093 con Informe N
385-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000092 con Informe N
384-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000089 con Informe N
3225-2018-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000088 con Informe N
3222-2018-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000084 con Informe N
994-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000083 con Informe N
2145-2018-SUNAT/3J0500

Cédula de Identidad Extranjera N 0105548325

BECERRA TELLO SAMUEL

019-0205- 019-3J0500/2020-000075 con Informe SDD
2019-000060
N 257-2019-SUNAT/3J0500

Cédula de Identidad Extranjera N 1758851156

IRFAN HUSSAIN

019-0202- 019-3J0500/2020-000075 con Informe SDD
2019-001220
N 257-2019-SUNAT/3J0500

Cédula de Identidad Extranjera N 171987463-6

CONTENTO PIZARRO
JHAIRO MANUEL

019-0202- 019-3J0500/2020-000075 con Informe SDD
2019-001043
N 257-2019-SUNAT/3J0500

Cédula de Identidad Extranjera N 0701225971
Cédula de Identidad Extranjera N 0702791270
Cédula de Identidad Extranjera N 0703270942
Cédula de Identidad Extranjera N 1709391724
Cédula de Identidad Extranjera N 1104062185

MADRID PEREA FREDDY
ALEJANDRO
SOCCO GUERRERO
WALTER PAUL
MORALES GONZALES
WILSON HUMBERTO
RODRIGUEZ LEON CARLOS
GONZALO
IRIARTE ALVAREZ FRACO
CORNELIO
BURNEO Y BURNEO
Código 0528
TRANSPORTES Y
SERVICIOS CIA LTDA
Cédula de Identidad LARREA ZAMBRANO
Extranjera N 0703463695
MARLON JAVIER
Cédula de Identidad AGUAS BEDOYA LUIS
Extranjera N 170391147-1
ALFONSO
Cédula de Identidad MORALES GONZALES
Extranjera N 0703270942
WILSON HUMBERTO
COOPERATIVA DE
RUC 1190028247001
TRANSPORTES DE CARGA
PESADA PUYANGO

Cédula de Identidad Extranjera N 0914891460

HIDALGO ROMERO
CRISTIAN FRANKLIN

019-02052018-000161
019-02052018-000162
019-02052018-000085
019-02052018-000167
019-02052018-000184

019-3J0500/2020-000030 con Informe N
2478-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000029 con Informe N
2479-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000028 con Informe N
2469-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000027 con Informe N
886-2019-SUNAT/3J0500
019-3J0500/2020-000015 con Informe N
2524-2019-SUNAT/3J0500

019-02052018-000184

019-3J0500/2020-000015 con Informe N ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000184, en aplicación del artículo 197, literal b del D. Leg. 1053, Ley General 2524-2019-SUNAT/3J0500
de Aduanas.

019-0205- 019-3J0500/2020-000053 con Informe SDD
2018-000156
N 119-2019-SUNAT/3J0500
019-0205- 019-3J0500/2020-000054 con Informe SDD
2018-000028
N 177-2019-SUNAT/3J0500
019-0205019-3J0500/2020-000056 con Informe N
2018-000127
365-2019-SUNAT/3J0500
019-02052018-000127

ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000156 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000028 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000127, de conformidad a lo dispuesto en el inciso b del artículo 197 del Decreto Legislativo N 1053 - Ley General de Aduanas.

019-3J0500/2020-000056 con Informe N ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000127, de conformidad a lo dispuesto en el inciso b del artículo 197 del 365-2019-SUNAT/3J0500
Decreto Legislativo N 1053 - Ley General de Aduanas.

019-0202- 019-3J0500/2020-000031 con Informe SDD
2017-001156
N 128-2019-SUNAT/3J0500

019-0202- 019-3J0500/2020-000031 con Informe SDD
Cédula de Identidad DAGER JERVIS JOSE RADOY
2017-001156
N 128-2019-SUNAT/3J0500
Extranjera N 0918030180

Cédula de Identidad Extranjera N 0701522674

ORTEGA MALDONADO
ANGEL ROLANDO

019-02052019-000010

019-3J0500/2020-000021 con Informe N
3824-2019-SUNAT/3J0500

Cédula de Identidad Extranjera N 0401239553

MONTENEGRO ROSERO
LUIS

019-02052019-000048

019-3J0500/2020-000021 con Informe N
3824-2019-SUNAT/3J0500

Cédula de Identidad NARVAEZ ROSERO WILMER
Extranjera N 0401307061
EDUARDO
Cédula de Identidad JIMENEZ GER JOSE EFREN
Extranjera N 40094033
Cédula de Identidad BUSTAMANTE OBACO
Extranjera N 0705469948
FABRICIO ALEXANDER
Cédula de Identidad HONORES GUERRERO
Extranjera N 070384604-8
MIGUEL ADALBERTO
Cédula de Identidad AYOVI ZAMBRANO JHONY
Extranjera N 070261716-8
JAVIER

019-0205019-3J0500/2020-000014 con Informe N
2018-000092
3326-2018-SUNAT/3J0500
019-0205- 019-3J0500/2020-000114 con Informe SDD
2018-000117
N 183-2019-SUNAT/3J0500
019-0205- 019-3J0500/2020-000115 con Informe SDD
2018-000116
N 182-2019-SUNAT/3J0500
019-0205019-3J0500/2020-000072 con Informe N
2018-000163
2480-2019-SUNAT/3J0500
019-0300- 019-3J0500/2020-000129 con Informe SDD
2019-000291
N 244-2019-SUNAT/3J0500

Cédula de Identidad Extranjera N 0703846048

019-02052018-000109

HONORES GUERRERO
MIGUEL ADALBERTO

Determinación ARTICULO PRIMERO: DECLARAR FUNDADA la reclamación presentada por MEZA CAMAC MARIA BELEN, identificada con DNI N 72376617 e inscrita con RUC N 10723766171, con expediente N 000-URD003-2019-007922-1 del 04.01.2019 por el cual reclama el Articulo Segundo de la Resolución de División N 019-3J0500/2018-000767 del 10.12.2018.
ARTICULO SEGUNDO: REVOCAR el articulo Segundo de la Resolución de División N 019 3J0500/2018-000767 del 10.12.2018, de conformidad con el articulo 108 del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N 133-2013-EF, por consiguiente, DEJAR SIN EFECTO la Liquidación de Cobranza N 2018-006495 del 10.12.2018 por los fundamentos expuestos.
ARTICULO TERCERO: EMITIR NUEVO PRONUNCIAMIENTO, respecto al responsable de hacer circular dentro del territorio nacional mercancía sin haber sido sometidas al ejercicio del control aduanero, de conformidad con el inciso d del artículo 2 de la Ley N 28008, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000028 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000083 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía consignada en el Acta de Incautación N 019-0205-2017-000068 en aplicación del artículo 197, literal b, del D. Leg. 1053, Ley General de Aduanas.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000077 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000121 en aplicación del artículo 197, literal b, del D. Leg. 1053, Ley General de Aduanas.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0205-2018-000144, de conformidad a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 197 del Decreto Legislativo N 1053 - Ley General de Aduanas, en mérito a los fundamentos expuestos en el presente Acto Administrativo.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0205-2018-000142, de conformidad a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 197 del Decreto Legislativo N 1053 - Ley General de Aduanas, en mérito a los fundamentos expuestos en el presente Acto Administrativo.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2017-000075 en aplicación del artículo 197, literal b, del D. Leg. 1053, Ley General de Aduanas.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2017-000074 en aplicación del artículo 197, literal b, del D. Leg. 1053, Ley General de Aduanas.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000076 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2017-000040 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR para resolver en un solo acto, las tres 03 Actas de Incautación detalladas en el informe que forma parte integrante de la presente Resolución, de conformidad a los artículos 4.4, 6.4.3 y 149 de la Ley N 27444 - Ley frl Procedimiento Administrativo General. ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancías descrita en las tres 03 Actas de Incautación detalladas en el numeral 3.3 de Conclusiones del Informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR para resolver en un solo acto, las tres 03 Actas de Incautación detalladas en el informe que forma parte integrante de la presente Resolución, de conformidad a los artículos 4.4, 6.4.3 y 149 de la Ley N 27444 - Ley frl Procedimiento Administrativo General. ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancías descrita en las tres 03 Actas de Incautación detalladas en el numeral 3.3 de Conclusiones del Informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR para resolver en un solo acto, las tres 03 Actas de Incautación detalladas en el informe que forma parte integrante de la presente Resolución, de conformidad a los artículos 4.4, 6.4.3 y 149 de la Ley N 27444 - Ley frl Procedimiento Administrativo General. ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancías descrita en las tres 03 Actas de Incautación detalladas en el numeral 3.3 de Conclusiones del Informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000161 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000162 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000085 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000167 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000184, en aplicación del artículo 197, literal b del D. Leg. 1053, Ley General de Aduanas.

019-3J0500/2020-000106 con Informe N
78-2020-SUNAT/3J0500

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0202-2017-001156 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N
28008 - Ley de los Delitos Aduaneros. ARTICULO SEGUNDO: Disponer la medida preventiva de INCAUTACION del vehículo ecuatoriano con placa con placa de rodaje GPX0269, al haber desnaturalizado el Régimen Especial para Vehículos de Turismo, destinando su vehículo para un fin que no fue exclusivamente turístico, conforme al segundo párrafo del artículo 40 del Reglamento de Tránsito de Personas y vehículos Terrestres del Convenio Entre Perú y ecuador Sobre Tránsito de Personas, Vehículos, Embarcaciones Fluviales y Marítimas y Aeronaves, concordante con el artículo 197 de la Ley general de Aduanas - D. Leg. 1053. ARTICULO TERCERO: Disponer oficiar a la PNP con copia de la presente resolución a fin que disponga la captura a nivel nacional del vehículo ecuatoriano de placa de rodaje GPX0269, el que una vez intervenido deberá ser puesto a disposición de la SUNAT, para la ejecución de sanción descrita en el presente acto administrativo. ARTICULO CUARTO: Poner en conocimiento de la Sección de Atención Fronteriza, el presente informe, para las acciones que corresponde, según el módulo de Registro Vehicular.
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0202-2017-001156 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N
28008 - Ley de los Delitos Aduaneros. ARTICULO SEGUNDO: Disponer la medida preventiva de INCAUTACION del vehículo ecuatoriano con placa con placa de rodaje GPX0269, al haber desnaturalizado el Régimen Especial para Vehículos de Turismo, destinando su vehículo para un fin que no fue exclusivamente turístico, conforme al segundo párrafo del artículo 40 del Reglamento de Tránsito de Personas y vehículos Terrestres del Convenio Entre Perú y ecuador Sobre Tránsito de Personas, Vehículos, Embarcaciones Fluviales y Marítimas y Aeronaves, concordante con el artículo 197 de la Ley general de Aduanas - D. Leg. 1053. ARTICULO TERCERO: Disponer oficiar a la PNP con copia de la presente resolución a fin que disponga la captura a nivel nacional del vehículo ecuatoriano de placa de rodaje GPX0269, el que una vez intervenido deberá ser puesto a disposición de la SUNAT, para la ejecución de sanción descrita en el presente acto administrativo. ARTICULO CUARTO: Poner en conocimiento de la Sección de Atención Fronteriza, el presente informe, para las acciones que corresponde, según el módulo de Registro Vehicular.
ARTICULO PRIMERO: Disponer ACUMULAR las ocho 08 Actas de Incautación detalladas en el cuadro de la conclusión 3.3 del presente Informe, para ser resueltas mediante un solo acto, de conformidad a la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General LPAG en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 146. ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancías descritas en las ocho 08 Actas de Incautación detalladas en el cuadro del Informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad con el inciso b del artículo 197 de la Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo N 1053.
ARTICULO PRIMERO: Disponer ACUMULAR las ocho 08 Actas de Incautación detalladas en el cuadro de la conclusión 3.3 del presente Informe, para ser resueltas mediante un solo acto, de conformidad a la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General LPAG en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 149. ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancías descritas en las ocho 08 Actas de Incautación detalladas en el cuadro del Informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad con el inciso b del artículo 197 de la Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo N 1053.
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación 019-0205-2018-000092, de conformidad con el inciso b del artículo 197 de la Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo N 1053.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000117 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000116 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0205-2018-000163 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita del Acta de Incautación N 019-0300-2019-000291 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR, para resolver en un solo acto, los actuados de nueve 09 actas de incautación detalladas en el rubro 3.2 del Informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 149.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancías descritas en las nueve 09 Actas de Incautación detalladas en el rubro 3.2 del Informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 197 literal b del D. Leg. 1053, Ley General de Aduanas.

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Diario Oficial El Peruano del 31/1/2020

TitoloDiario Oficial El Peruano

PaesePerù

Data31/01/2020

Conteggio pagine44

Numero di edizioni2745

Prima edizione01/01/2016

Ultima edizione26/05/2024

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