Diario Oficial de la República de Chile del 17/6/2020 - Empresas y Cooperativas
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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas
DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.683
Miércoles 17 de Junio de 2020
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Empresas y Cooperativas CVE 1773478
EXTRACTO
LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, con Oficio en Avda. Vitacura 6844
Vitacura, certifico: Por escritura de hoy, ante mí, don ALVARO JEREMIAS CHAJTUR
JORDAN, con domicilio Autopista Concepción-Talcahuano ocho mil trescientos sesenta, Hualpén; y don MIGUEL ALEJANDRO CHAJTUR COMAS, domiciliado en Cisnes quince, Colina, Santiago, constituyen una sociedad de Responsabilidad Limitada bajo la razón social de "CHAJTUR Y CHAJTUR LIMITADA" pudiendo actuar para todos los efectos legales, incluso con los bancos, con el nombre de fantasía de "CHAJTUR Y CHAJTUR LTDA - El objeto de la sociedad será el siguiente: a Explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicio y/o centros de servicio automotriz, carga electrolineras, servicio de carga eléctrica, garajes y servicios complementarios como lavado y lubricación por cuenta propia o de terceros; b Compraventa, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de bienes, en especial combustibles líquidos y/o gaseosos, entre los últimos gas licuado, gas natural, gas natural comprimido, lubricantes, aditivos vehículos, repuestos y accesorios; c Realización de actos y contratos relacionados con los anteriores como minimarket, rutacentros, restaurantes, cafeterías, fuentes de soda, tiendas de conveniencia, servicios de alimentos u otros de naturaleza parecida, por cuenta propia o de terceros; d Comercialización, arrendamiento, reparación de vehículos y transporte en todas sus formas; e Labores de carga y descarga de ácidos y otras sustancias peligrosas; y f Demás negocios y/o servicios que los socios acuerden. La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios ALVARO JEREMIAS CHAJTUR JORDAN MIGUEL ALEJANDRO CHAJTUR
COMAS quienes actuando indistinta o separadamente y anteponiendo la razón social a su firma personal. Domicilio: Concepción, sin perjuicio de las sucursales a establecer dentro o fuera del país.- Capital: $45.000.000, que los socios aportan así: UNO El socio, ALVARO JEREMIAS
CHAJTUR JORDAN aporta la suma de VEINTISIETE MILLONES DE PESOS, enterando en este acto dicha suma, de contado y en dinero efectivo. Y DOS El socio, MIGUEL
ALEJANDRO CHAJTUR COMAS aporta la suma de DIEZ Y OCHO MILLONES DE PESOS
enterando en este acto dicha suma, de contado y en dinero efectivo. Duración: 5 años a partir de esta fecha, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 2 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término según lo estipulado en escritura.Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 9 de junio de 2020.