Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/3/2025

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 60
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS EN
CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-15887/24.
Visto el expediente AT-15887/24, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES S.L.U.
Domicilio: C/ Ronda del Pelirón, 5 - 11405 JEREZ DE LA FRONTERA CÁDIZ
Lugar donde se va a establecer la instalación: POLÍGONO 8 PARCELA 34
Término municipal afectado: TARIFA
Finalidad: Atender la demanda de la zona Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía, RESUELVE
CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN
REDES DIGITALES S.L.U. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
REFORMA DE POSTE DE TRANSFORMACIÓN EN INTEMPERIE
PT29234 "CJO.HIRUELA"
COORDENADAS UTM ETRS89 HUSO: 30
PT-29234 "CJO. HIRUELA ": Xm: 252761; Ym: 4005007
Desmantelamiento del actual transformador 50 kVA del poste de transformación PT-29234 "CJO.HIRUELA, para su sustitución, en el cual se instalará:
1 transformador de 100 kVA de tipo B2.
3 autoválvulas pararrayos 24 kV 10 kA.
Nuevos fusibles APR de MT de protección del transformador de 10 A.
Forrado de los puentes de baja tensión.
Puente de baja tensión La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.
3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
6. Esta Resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no
31 de marzo de 2025

hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.
7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Diez de diciembre de 2024. LA DELEGADA TERRITORIAL. Fdo.:
MARIA INMACULADA OLIVERO CORRAL.
Nº 6.111


CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO: HIDRALIA, GESTIÓN INTEGRAL DE AGUAS
DE ANDALUCIA, S.A.
Expediente: 11/01/0065/2025
Fecha: 13/03/2025
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: SALVADOR QUESADA TORRES
Código 11003131012000.
Vista el ACTA DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO
COLECTIVO HIDRALIA GESTIÓN INTEGRAL DE AGUAS DE ANDALUCÍA
S.A., de fecha 16-01-2025, relativa a las TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO
COLECTIVO, presentada a través de medios electrónicos en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo el 06/03/2025, una vez subsanada la misma el día 12/03/2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, y todo ello en relación con la Ley 9/2007, de 23 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020,de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 13/2022, de 8
de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
RESUELVE:
Primero: Ordenar la inscripción de la citada ACTA DE LA MESA
NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO HIDRALIA GESTIÓN INTEGRAL
DE AGUAS DE ANDALUCÍA S.A., de fecha 16-01-2025, relativa a las TABLAS
SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO, en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Cádiz, a 13 de marzo de 2025. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESAY TRABAJO. AUTONOMO, Fdo.: DANIEL
SANCHEZ ROMAN
ACTA DE LA REUNIÓN COMISIÓN PARITARIA.
Código del Convenio Colectivo: 11003131012000
Por la Representación de HIDRALIA GESTIÓN INTEGRAL DE AGUAS
DE ANDALUCÍA S.A.
José Luis Trapero Vioque.
Francisco Javier Toscano Monzú.
Salvador Quesada Torres.
Por la Representación Legal de los Trabajadores Juan Salvador Narváez Rivas.
Juan Manuel Cosme Vidal.
Antonio Jesús Periñán Ufarte.
En San Fernando, a las 10:00 horas del día 16 de enero de 2025, en las dependencias del centro de trabajo que la sociedad Hidralia Gestión Integral de Aguas de Andalucía posee en el municipio de San Fernando Cádiz, se reúnen las partes arriba indicadas, R.L.T. de la Empresa Hidralia Gestión integral de aguas de Andalucía S.A.
de San Fernando Cádiz y la Dirección de la Empresa, EXPONEN
Ambas partes se reconocen capacidad y legitimidad para revisar las tablas salariales del citado convenio colectivo para el año 2024 definitiva y 2025
provisional, ACUERDAN
PRIMERO.- Que al resultar el índice de precios al consumo I.P.C. del año 2024 un 2,8% se adjunta certificado del Instituto Nacional de Estadística a la presente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21 del convenio colectivo vigente, es inferior al 5%, por lo que las tablas salariales provisionales del año 2024 pasan a considerarse definitivas, sin necesidad pues, de regularización salarial retroactiva alguna.
SEGUNDO.- Determinar la tabla salarial provisional correspondiente al año 2025 regularizándose de conformidad con el artículo 21 Incremento salarial del Convenio Colectivo de Captación, elevación, conducción, tratamiento, depuración y distribución de aguas para la Empresa Hidralia, Gestión Integral de Aguas de Andalucía S.A . para su Centro de Trabajo en San Fernando Cádiz, por lo que se incrementan las tablas salariales para el año 2025 un 2,25% con carácter provisional, adjuntándose dichas tablas en el ANEXO I.

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/3/2025

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data31/03/2025

Conteggio pagine7

Numero di edizioni6239

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione20/05/2025

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