Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 21/3/2025
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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
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B.O. P. DE CADIZ NUM. 54
ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CASTELLAR DE LA FRONTERA
ANUNCIO
El Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Castellar de la Frontera, mediante Decreto nº 2025- 0126, de fecha 6 de marzo de 2025, ha resuelto lo siguiente:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Visto que por Decreto de Alcaldía nº 2022-0677, de fecha 21 de diciembre de 2022, se aprueban las bases que han de regir los procesos selectivos para cubrir, entre otras, siete 7 plazas de Peón de Obras y Servicios, como personal laboral fijo, grupo AP, con jornada completa, mediante el sistema de selección de concurso, turno libre, vacante en la plantilla del Ayuntamiento de Castellar de la Frontera, convocadas mediante anuncio publicado en el B.O.E nº 46, de 23 de febrero de 2023, conforme a lo regulado en las disposiciones sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Visto que por Decreto de Alcaldía n.º 2024-745, de fecha 12 de diciembre de 2024, se suspende el plazo para autorizar la formalización del contrato como personal laboral fijo en las plazas de Peón de Obras y Servicios AP, incluidas en el proceso de estabilización de empleo público temporal, a la Candidata propuesta por el Tribunal, Dña. Magdalena Acedo Expósito, que se encuentra en situación de incapacidad temporal por accidente laboral, desde el día 2 de octubre de 2024, Visto que con fecha 18 de febrero de 2025 y registro de entrada 2025-ERC-346, presenta la trabajadora Dña. Magdalena Acedo expósito el alta médica.
Así pues, por todo lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me confiere la base 12 de este proceso selectivo, el artículo 33 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el artículo 21.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local RESUELVO
PRIMERO. Autorizar la formalización del contrato como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Castellar de la Frontera, para ocupar la plaza de Peón de Obras y Servicios, adscritas al grupo AP, con jornada completa, con jornada completa a:
Apellidos y nombre: Acedo Expósito Magdalena D.N.I.: 5382
SEGUNDO. Proceder a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento http castellardelafrontera.sedelectronica.es, y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión.
Así lo resuelve y firma el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente, de lo que yo, la Secretaria Interventora, doy fe.
Lo que se hace público a los efectos oportunos. Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde-Presidente de esta Entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Algeciras, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
6/3/25. El Alcalde, Adrián Vaca Carrillo. Firmado.
Nº 34.355
AYUNTAMIENTO DE ROTA
MOVILIDAD Y DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE, S.L.
MODUS
ACUERDO
Aprobadas las Listas Cobratorias que seguidamente se indican, relativas al presente ejercicio de 2025, por el presente se exponen al público, para que en el plazo de UN MES desde su publicación puedan, presentarse contra las mismas reclamaciones por los interesados legítimos, de conformidad con lo establecido en el Art. 14.2.C
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales:
PRESTACIÓN POR DISTRIBUCIÓN DE AGUA, CANON AUTONÓMICO, ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN, DE ROTA, del bimestre ENERO-FEBRERO
DE 2025.
Asimismo, se acordó fijar como fecha de pago en período voluntario desde el 03 de marzo de 2025 hasta el 28 de abril de 2025 inclusive, pudiendo efectuarse el ingreso de las cuotas resultantes en las Oficinas de Recaudación, ubicadas en la calle Compás del Convento núm. 11, durante el horario habitual de 9,00 a 13,00 horas de días laborales, o a través de domiciliación bancaria.
Transcurridos los plazos indicados se iniciará el procedimiento de apremio, efectuándose el cobro de las cuotas no satisfechas con el recargo establecido en las normas de aplicación e intereses de demora correspondientes.
Lo que se hace público para general conocimiento de los afectados legítimos.
4/3/25. Fdo.: Daniel Manrique de Lara Quirós, Consejero Delegado. Nº 34.706
21 de marzo de 2025
AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
ANUNCIO
La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, en sesión celebrada el día 24 de febrero de 2025, al particular 51 del Orden del Día, acordó la aprobación de la iniciativa para el establecimiento del sistema de compensación por le procedimiento simplificado, y la aprobación inicial de las Bases de Actuación del ámbito de actuación de la U.E.6.J.1.B. El Retiro, hoy API 6.J.1.B.
EL RETIRO, las cuales se transcriben a continuación:
Primera: Objeto.
El objeto de las bases es la gestión y ejecución de la urbanización de la UE 6.J.1.B EL RETIRO y todos los actos exigidos por el sistema de compensación simplificada de conformidad con lo establecido en la Sección 2a del Título II de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre de impulso a la sostenibilidad del territorio de Andalucía en adelante LISTA, y el Capítulo VI, sección 2 del Reglamento General de la Ley 7/2.021, aprobado por Decreto 550/2.022, de 29 de noviembre en adelante RGISTA. A tal fin practicará las operaciones necesarias para distribuir entre sus miembros los beneficios y cargas del planeamiento, pudiendo, a tal fin, configurar las nuevas parcelas y urbanizar la superficie total de la UE 6.J.1.B EL RETIRO y, con tal finalidad, podrá encargar las obras de infraestructura general, contratarlas, constituir sociedades mercantiles para dicha finalidad y cuantas actividades sean precisas, a los efectos de ejecutar las previsiones del Plan General de Ordenación Urbanística.
Se presenta proyecto de bases de actuación para la transformación urbanística de la UE 6.J.1.B EL RETIRO, al objeto de adecuar la gestión urbanística de la UE
a la situación actual.
Se ha solicitado a la Administración actuante la aplicación de la modalidad simplificada regulado en el artículo 213 del REGLISTA.
Mediante resolución adoptada en fecha 6 de junio de 2.008, se aprobó por la Excma. Sra. Alcaldesa de esta Ciudad el proyecto de reparcelación UE 6.J.1.B EL
RETIRO, y mediante resolución adoptada en fecha 13 de febrero de 2.009, se aprobó por la Excma. Sra. Alcaldesa de esta Ciudad se aprobó el proyecto de urbanización.
Por lo tanto, estas bases de actuación regularan exclusivamente la ejecución de la urbanización en todo su proceso contratación de obra, ejecución de la obra, pago de los gastos que se incurren, trámites para su recepción y etc., único hito urbanístico pendiente de alcanzar.
Mediante resolución adoptada el 23 de diciembre de 2.024, se aprobó definitivamente por la Junta Local del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la frontera el cambio de sistema de actuación de cooperación por el de compensación para la culminación del desarrollo urbanístico del API 6.J.1.B EL RETIRO. En esta misma resolución se aprobó la garantía económica para asegurar la ejecución de la actuación urbanística prevista en el artículo 195 REGLISTA.
Estos hechos, condicionan la regulación de este proyecto de bases, por lo que ciertos contenidos que indica el artículo 214 del reglamento han sido ya superados y aprobados.
Segunda: Sujetos interesados.Serán los propietarios de las parcelas inscritas en el Registro de la Propiedad incluidas en la UE 6.J.1.B EL RETIRO, según el artículo 147 del RGISTA los que integran estas Bases y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 161 RGISTA, deben asumir los compromisos recogidos en el proyecto de reparcelación.
Relación de propietarios y fincas registrales Todas del Registro de la Propiedad nº 3.
Consorcio Inmmoglobal sl: FR nº 60.457, 60.459, 60.461, 60.463, 60.469 y 60.471.
Inversiones Inmobiliarias Canvives SA: FR nº 60.465.
Empresa Municipal de la Vivienda de Jerez: FR nº 60.467.
Tercera: Presupuestos de gastos totales de la urbanización de la actuación de transformación urbanística.Los costes de urbanización serán satisfechos por los propietarios proporcionalmente a sus cuotas de participación, en virtud de lo acordado en el Proyecto de Reparcelación. Se estimarán como costes de urbanización los previstos en el artículo 189 del RGISTA.
Coste obras de urbanización 1.070.744,12€.
Dirección obra urbanización 20.000€.
Topógrafos, técnicos, proyectos 25.000€.
Indemnizaciones a propietarios 323.523,68€.
Gastos garantía artículo 195 25%: 30.000,00€.
Gestión sistema 10 142.926,77€.
Total liquidación provisional: 1.612.194,45€.
La liquidación definitiva tendrá lugar cuando concluye la urbanización y se haya producido la recepción de la obra de urbanización por parte de la Administración actuante, según el artículo 165 del RGISTA.
Porcentajes de participación en los gastos urbanización.
Consorcio Inmmoglobal sl.: 80,10%
Inversiones Inmobiliarias Canvives SA.: 16.16%
Empresa Municipal de la Vivienda de Jerez 3.74%
Tercera: Compromisos de plazos de ejecución.
El plazo de ejecución de las obras de urbanización habrá de establecerse de modo tal que las mismas estén totalmente terminadas en un plazo no superior a veinticuatro meses a contar de la fecha de concesión de la primera licencia de obras de edificación.
Cuarta: Valoración de la unidad de aprovechamiento.
Este contenido no se regula al estar las unidades de aprovechamientos asignadas a las parcelas resultantes.
Quinta: Previsión de que los propietarios, hayan suscrito o no la iniciativa, podrán participar en la gestión de la actuación de transformación urbanística mediante la aportación de sus fincas originarias y con opción entre el abono en metálica de la parte de los costes de urbanización que le sean imputables y la cesión de terrenos edificables de valor equivalente a dicha parte de los costes.