Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/3/2025
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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
Página 2
B.O. P. DE CADIZ NUM. 44
JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
EN CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A
INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-15918/24.
Visto el expediente AT-15918/24, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
- Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES S.L.U.
Domicilio: C/ Ronda del Pelirón, 5 - 11405 JEREZ DE LA FRONTERA CÁDIZ
- Lugar donde se va a establecer la instalación: DS LA CARNICERIA POLÍGONO
38 PARCELA 8
Término municipal afectado: MEDINA SIDONIA
- Finalidad: Crecimiento vegetativo Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía, RESUELVE
CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓNADMINISTRATIVADE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN
REDES DIGITALES S.L.U. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
PT-22539 " CARNICERA ":
7 de marzo de 2025
COORDENADAS UTM ETRS89 HUSO: 30.
Xm: 239151 ; Ym: 4034785.
Desmantelamiento del actual transformador 50 kVA del centro de transformación, para su sustitución, en el cual se instalará:
- 3 auto válvulas pararrayos 24 kV 10 kA.
- 1 transformador de 160 kVA Relación 15kV/B1-B2.
- Nuevos fusibles APR de MT de protección del transformador de 20 A. // 3
cortacircuitos APR 24kV 200A.
La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.
3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
6. Esta Resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.
7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Veintisiete de enero de dos mil veinticinco. LADELEGADATERRITORIAL.
MARÍA INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firmado.
Nº 22.323
CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO: CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PUBLICAS
Expediente: 11/01/0003/2025
Asunto: CORRECCIÓN DE ERRORES
Código 11000735011981
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º.1 de la Ley 5/2002, de 4 de Abril reguladora de los Boletines Oficiales de la Provincia en relación con lo dispuesto en el artículo 90.3 del vigente Estatuto de los Trabajadores así como artículo 8.3 del R.D. 713/2010 de 28 de marzo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo: adjunto le remito, con el ruego de su publicación, RESOLUCIÓN DE ESTA AUTORIDAD LABORAL de fecha 18-02-2025, de corrección de errores existentes, en los anexos del ACTA DE LA REUNIÓN DE 17 DE DICIEMBRE DE 2024 DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL
SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE CÁDIZ, publicada en Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, de fecha 13/02/2025, número de anuncio 16.834, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la precitada corrección de errores.
Asimismo se significa que el número de Código del Acuerdo es el siguiente: 11000735011981, a fin de encabezar el texto del Acuerdo que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia Cádiz 19 de febrero de 2025. EL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN LABORAL. Fdo.: José C. Cabeza Rapp Visto de oficio los errores existentes, en los anexos del ACTA DE LA REUNIÓN DE 17 DE DICIEMBRE DE 2024 DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL
CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE CÁDIZ, publicada en Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, de fecha 13/02/2025, número de anuncio 16.834, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo;
Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
RESUELVE:
Primero: Ordenar la corrección de los errores existentes en los citados anexos, mediante los nuevos textos que se acompañan a la presente resolución.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Cádiz a 18 de febrero de 2025. DELEGADO TERRITORIAL DE LA DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO, Fdo.: DANIEL
SANCHEZ ROMAN.