Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 25/11/2024

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 20

B.O. P. DE CADIZ NUM. 227

SEGUNDO. Ordenar la publicación de este acuerdo en el tablón de edictos de la Corporación, Portal de Transparencia, así como en Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz para general conocimiento e interposición de los recursos que, en su caso, los interesados consideren oportuno.
TERCERO. En cumplimiento de lo establecido en el art. 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y de La disposición adicional única del Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018.
Las Corporaciones Locales que aprueben su oferta de empleo público deberán remitir los acuerdos aprobatorios de la misma a la Administración General del Estado, a los efectos de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, respetando los criterios que tienen carácter básico, de acuerdo con lo señalado en el artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio se remitirá copia del acuerdo a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CUARTO. Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrán interponer alternativamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. _ En caso optar por la interposición del recurso de reposición no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificación la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo.
QUINTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para que suscriba cuantos documentos considere necesarios en ejecución del presente acuerdo.
SEXTO. Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la primera sesión ordinaria que se celebre Así lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente a la fecha del documento firmado electrónicamente, 14 de noviembre de 2024. ELALCALDE-PRESIDENTE. Fdo.: Luis Mario Aparcero Fernández De Retana. Transcribe al Libro de Resoluciones de Alcaldía, LA
SECRETARIA ACCTAL. GENERAL. RD 128/2018, de 16 de marzo. Fdo.: María Luisa González Gamaza.
Nº 181.217


AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
E.L.A. ESTELLA DEL MARQUES
Doña Ana Sara Ruiz Gómez, Secretaria-Interventora de la E.L.A. de Estella del Marqués:
CERTIFICA:
Que la Junta Vecinal de esta Entidad Local Autónoma, en sesión Extraordinaria celebrada con fecha diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro, en el punto SEGUNDO: "SEGUNDO PROPUESTA DE LA PRESIDENCIA PARA
APROBACIÓN EXPEDIENTE CE 25/2024" del Orden del Día, aprobó por mayoría de sus miembros presentes, el acuerdo que se transcribe a continuación:
PROPUESTA DE LA CORPORACIÓN
A la vista de la Providencia-Memoria de ésta Presidencia donde se justifica la necesidad de consignar y crear aplicaciones presupuestarias por gastos inaplazables en el área de gasto I Y IX, una vez comprobado el crédito disponible en las que se disminuyen y que no se pone en riesgo ningún servicio dado que nos encontramos en el último trimestre del año y las aplicaciones no has sido dispuestas, todo ello al amparo de los artículos 37 del RD 500/90 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales desde ahora TRLRHL.
A la vista del informe de Intervención número 282/2024 de 15 de noviembre.
A la vista del informe de Estabilidad Presupuestaria suscrito por la Secretaría Intervención número 283/2024 de 15 de noviembre Atendiendo a lo dispuesto en los artículos 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo TRLRHL, y 35 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
Por todo ello, esta Presidencia eleva a la Junta Vecinal la siguiente propuesta de ACUERDO:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación presupuestaria núm. 25/2024 de Crédito Extraordinario del Presupuesto Municipal vigente, que consiste en la creación de la aplicación presupuestaria siguiente con el importe que se detalla:
Incremento del Presupuesto de gastos en la siguiente aplicación presupuestaria:
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA INCREMENTADA
AREA DE GASTO I
133/629.00 "Otras inversiones asociadas al fto de los servicios"
AREA DE GASTO IX
920/633.00 "Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje"
TOTAL FINANCIACIÓN

INCREMENTO
CRÉDITO
10.000,00€
10.000,00 €
16.000,00€
16.000,00 €
26.000,00€

25 de noviembre de 2024

Baja del Presupuesto de Gastos en las siguientes aplicaciones presupuestarias APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DECREMENTADA
AREA DE GASTO I
1532/619.00 "otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes"
1532/221.04"Vestuario-Pavimentación vías públicas"
1532/221.03"Combustibles y carburantes"
TOTAL FINANCIACIÓN

DECREMENTO
CRÉDITO
26.000,00 €
24.000,00 €
1.000,00 €
1.000,00 €
26.000,00 €

SEGUNDO.-Someter el acuerdo a INFORMACIÓN PÚBLICA por un plazo de quince días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, y resolución de las presentadas dentro del plazo de un mes por la Junta Vecinal, y publicar el referido acuerdo de aprobación inicial así como su exposición pública en el B.O.P, todo ello de conformidad con el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y artículos 20
y 38 del Real Decreto 500/1990.
TERCERO.-APROBACIÓN DEFINITIVAde esta modificación presupuestaria de forma automática, de no producirse reclamaciones ni sugerencias, y publicación en el B.O.P. de la misma de conformidad normativa citada en el párrafo anterior"
Y para que así conste y surta efectos donde proceda, extiendo la presente de orden y visada por el Sr. Presidente, con las salvedades previstas en el artículo 206
del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el ROF, es decir, a reservas de los términos de aprobación del Acta de la sesión.
20 de noviembre de 2024. V B EL PRESIDENTE, Ricardo Sánchez Vega.
LA SECRETARIA-INTERVENTORA Fdo.: Ana Sara Ruiz Gómez.
Nº 182.228

VARIOS
CONSORCIO DE AGUAS DE LA ZONA GADITANA
JEREZ DE LA FRONTERA
ANUNCIO
Mediante acuerdo del Comité Directivo de este Consorcio, celebrado con fecha 13 de noviembre de 2024, se ha aprobado, por unanimidad, el punto 2º del orden del día, que resulta del siguiente tenor literal:
Propuesta de Delegación en el Presidente de todas las competencias del Comité Directivo, como órgano de contratación en el expediente 018-2024 del Servicio para la ejecución de operaciones de mantenimiento y reparación en el Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana, Exp. 018-2024.
Dada la importancia del servicio objeto del contrato, se inician los trámites para la nueva contratación de dicho Servicio para la ejecución de operaciones de mantenimiento y reparación en el CAZG. A tal efecto, en los Presupuestos Generales del Consorcio correspondientes al ejercicio 2.024, existe consignación presupuestaría para su ejecución, y dada la importancia de citado expediente, requiere la inmediata ejecución.
Visto el informe jurídico, se constata que de conformidad con lo dispuesto al respecto en el art. 20.10 de los Estatutos del Consorcio y art. 20 de las vigentes Bases de Ejecución del Presupuesto, el órgano competente para la contratación de este contrato resulta ser el Comité Directivo del CAZG dado el importe del mismo por la cantidad del valor estimado del contrato por importe de 5.327.161,12 €, al superar el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto consorcial.
Por todo ello, por la necesidad de agilizar los plazos procedimentales, es por lo que se PROPONE:
SEGUNDO.- Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos oportunos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
TERCERO.- En virtud de lo dispuesto en el art. 115 del citado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, asumir la obligación de elevar información detallada a este Comité Directivo de la gestión de la competencia delegada y de los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
Jerez de la Frontera, a 15/11/24. EL PRESIDENTE. Fdo.: Andrés Díaz Rodríguez. Publíquese: EL SECRETARIO GENERAL. Fdo.: Rogelio Navarrete Manchado.
Nº 179.308

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Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 25/11/2024

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data25/11/2024

Conteggio pagine19

Numero di edizioni6218

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione16/04/2025

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