Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/11/2024
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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
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B.O. P. DE CADIZ NUM. 219
ADMINISTRACION DEL ESTADO
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
MINISTERIO PARA LA TRANSICION ECOLOGICA
Y EL RETO DEMOGRAFICO
SECRETARIA DE ESTADO DE ENERGIA
DIRECCION GENERAL DE POLITICA ENERGETICA Y MINAS
MADRID
DON FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES Y SECRETARIO DEL CONSEJO
DE MINISTROS
CERTIFICO:
Que en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día cinco de noviembre de dos mil veinticuatro se ha aprobado el Acuerdo por el que se otorga a Red Eléctrica de España, S.A.U., autorización administrativa de construcción para el nuevo parque de transformación 220/132 kV denominado Algeciras 132 kV, la ampliación de la subestación Algeciras 220 kV, la línea eléctrica subterráneosubmarina, doble circuito a 132 kV, Algeciras - Virgen de África, y la nueva subestación Virgen de África 132 kV, que forman parte del enlace de interconexión eléctrica Península - Ceuta entre San Roque Cádiz y la ciudad de Ceuta, y se declara, en concreto, su utilidad pública, cuyo texto literal consta en el documento adjunto.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente certificación en Madrid, a cinco de noviembre de dos mil veinticuatro.
Acuerdo por el que se otorga a Red Eléctrica de España, S.A.U., autorización administrativa de construcción para el nuevo parque de transformación 220/132 kV
denominado Algeciras 132 kV, la ampliación de la subestación Algeciras 220 kV, la línea eléctrica subterráneosubmarina, doble circuito a 132 kV, Algeciras - Virgen de África, y la nueva subestación Virgen de África 132 kV, que forman parte del enlace de interconexión eléctrica Península - Ceuta entre San Roque Cádiz y la ciudad de Ceuta, y se declara, en concreto, su utilidad pública, Red Eléctrica de España, S.A.U., en adelante Red Eléctrica, solicitó con fecha 31 de marzo de 2022 y subsanada el 3 de mayo de 2022, autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para las instalaciones que conforman el enlace de la interconexión eléctrica a 132kV, Península-Ceuta, que requieren lo siguiente:
Nuevo parque de transformación 220/132 kV denominado Algeciras 132 kV, en el término municipal de San Roque, provincia de Cádiz.
La ampliación de la subestación existente de Algeciras 220 kV en el término municipal de San Roque, provincia de Cádiz.
Línea subterráneo-submarina de doble circuito, a 132 kV, de interconexión entre la subestación Algeciras 132 kV y la subestación Virgen de África 132 kV, entre los términos municipales de San Roque Cádiz y Ceuta, de 68,9 km de longitud.
Nueva subestación eléctrica de transporte denominada Virgen de África 132 kV, en la Ciudad Autónoma de Ceuta.
El enlace de interconexión eléctrica Península Ceuta responde a la necesidad de integración del sistema eléctrico de Ceuta en el sistema eléctrico peninsular, conectando la red de distribución a 15 kV de Ceuta con la red de transporte peninsular a 220-400 kV, con objeto de aumentar la seguridad y calidad del suministro eléctrico ceutí, reducir las necesidades de generación instalada en Ceuta, reducir los costes globales de generación y aumentar la integración de renovables.
Con fecha 9 de junio de 2024, se dictó Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Red Eléctrica de España, S.A.U.
autorización administrativa previa para el nuevo parque de transformación 220/132 kV
denominado Algeciras 132 kV, la ampliación de la subestación Algeciras 220 kV, la línea eléctrica subterráneo-submarina, doble circuito a 132 kV, Algeciras Virgen de África y la nueva subestación Virgen de África 132 kV, que forman parte del enlace de interconexión eléctrica Península-Ceuta entre San Roque Cádiz y la Ciudad Autónoma de Ceuta Boletín Oficial del Estado núm. 154, de 26 de junio de 2024.
El expediente relativo a la solicitud autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública, fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y se tramitó de conformidad con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, así como con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias ADIF, la Dirección General de Planificación Ferroviaria del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, la Delegación Territorial en Cádiz del Servicio de Industria y Minas de la Junta de Andalucía, el Servicio de Costas de la Delegación de Gobierno en Ceuta, la Consejería de Fomento y Turismo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, la Capitanía Marítima de Ceuta, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Andalucía, Aguas de Ceuta Empresa Municipal, S.A. y Maroc Telecom remitieron escritos en los que no se manifiesta oposición. Trasladados estos escritos a Red Eléctrica, esta manifestó su conformidad.
La Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía, el Ministerio de Defensa, la Autoridad Portuaria de Ceuta, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Telefónica de España, S.A.U., la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
13 de noviembre de 2024
y el Área de Vías y Obras de la Diputación de Cádiz remitieron escritos de los cuales no se desprende oposición y en los que establecen condicionado técnico, así como la necesidad, en su caso, de solicitar las pertinentes autorizaciones sectoriales ante dichos organismos. Trasladados estos escritos a Red Eléctrica, esta manifestó su aceptación expresa de los condicionados.
El Servicio de Carreteras de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía remitió escrito en el que, al respecto de la línea subterráneo-submarina, indica que se producen afecciones a las zonas de protección de la carretera A-383, por lo que las obras deberán contar con la correspondiente autorización de la Delegación Territorial. Adicionalmente, el Servicio de Carreteras establece condicionado técnico, en particular poniendo de manifiesto diversos paralelismos con la carretera A-383. Trasladado este escrito a Red Eléctrica, esta manifestó su aceptación del condicionado, con la excepción del paralelismo con tramo Convencional A-383 p.k. 4+900 al p.k. 5+753, donde Red Eléctrica indica que la línea discurre en perpendicular a la carretera, por lo que no es un paralelismo, discurriendo en paralelo a partir de ese punto. Trasladado el escrito de Red Eléctrica al Servicio de Carreteras, este se reitera en los condicionantes expuestos en el anterior informe e indica que el paralelismo al que se hace referencia es del tramo de carreteraA-383
entre el p.k. 4+900 al p.k. 5+753, por lo que se tendrá que cumplir los condicionantes expuestos, así como el cruzamiento perpendicular de la línea sobre la carretera A-383
en el entorno de p.k. 5+753. En escrito posterior, Red Eléctrica ha manifestado su aceptación expresa del condicionado.
La Entidad Pública Empresarial del Suelo SEPES remitió escrito manifestando afecciones del proyecto a suelos de su propiedad Campamento, Guadarranque y Loma de Colmenar. Trasladado este escrito a Red Eléctrica, esta manifestó que solo se afecta a Campamento, concretamente por un tramo soterrado de la línea a 132 kV. Trasladada la respuesta de Red Eléctrica a SEPES, no se recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El Ayuntamiento de San Roque ha emitido informe sobre la adaptación de las instalaciones proyectadas al planeamiento urbanístico vigente, concluyendo que el parque a 132 kV de la Subestación Algeciras es incompatible con la ordenación urbanística. Trasladado el informe a Red Eléctrica, esta respondió manifestando que es de aplicación la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, que establece que la construcción, modificación o ampliación de las instalaciones de la red de transporte de energía eléctrica cuyas autorizaciones sean competencia de la Administración General del Estado, no serán sometidas a licencia o cualquier otro acto de control preventivo municipal, estableciéndose asimismo que en los casos en los que la instalación vaya a construirse en terrenos no reservados por el planeamiento urbanístico, y siempre y cuando no puedan resolverse las discrepancias mediante acuerdo, la decisión estatal respecto a la ejecución del proyecto prevalecerá sobre el planeamiento urbanístico, cuyo contenido deberá acomodarse a las determinaciones de aquella. Trasladada la respuesta de Red Eléctrica al Ayuntamiento de San Roque, no se recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Posteriormente y de manera extemporánea, el Ayuntamiento de San Roque remitió informe en el que se manifiesta su disconformidad, alegando principalmente cuestiones en materia urbanística.
Compañía Española de Petróleo, S.A. CEPSA ha remitido escrito en el que manifiesta afecciones de las instalaciones proyectadas a bienes y derechos de su titularidad. Trasladado el escrito de CEPSA a Red Eléctrica, esta remitió reparos, manifestando CEPSA de nuevo su no conformidad. Posteriormente, Red Eléctrica emitió una nueva respuesta a la cual CEPSA ha respondido manifestando su conformidad.
Vodafone ONO, S.A.U. y Vodafone España remitieron escrito en el que solicita información adicional que le permita identificar las afecciones a bienes de su titularidad para poder emitir su conformidad o reparos, así como aclaración de si se ha notificado a International Cable Protection Committee ICPC, organismo internacional que coordina la protección de cables submarinos entre 170 países. Traslado el escrito de Vodafone a Red Eléctrica, esta respondió remitiendo la documentación solicitada y comprometiéndose a informar a ICPC. Trasladada la respuesta de Red Eléctrica a Vodafone, no se recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Posteriormente, Red Eléctrica ha manifestado que notificará a ICPC dos meses antes de la realización de los trabajos.
GTD Cableado de Redes Inteligentes, S.L. remitió escrito en el que manifiesta afecciones al cable de fibra óptica submarina de su titularidad, DOS
CONTINENTES I, solicitando que el trazado planteado no se interponga en paralelo con la red ejecutada por GTD y se separe dos millas náuticas del eje de la servidumbre del cable de fibra óptica. Igualmente, GDT solicita que se tengan en cuenta los cruces necesarios por parte de Red Eléctrica para proteger la trazada del cable de fibra óptica a lo largo de toda su servidumbre, realizando un proyecto específico para estos cruces que sea validado por el personal de GTD España. Traslado el escrito de GTD a Red Eléctrica, esta respondió solicitando que le sea remitido trazado en un kmz actualizado, ya que en los documentos que Red Eléctrica dispone, el trazado originario del cable de GDT seguía una ruta más al norte, comprometiéndose a llevar a cabo las actuaciones técnicas necesarias para proteger correctamente los puntos de cruzamiento de todo el cable a lo largo de su trazado. Trasladada la respuesta de Red Eléctrica a GTD, no se recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Respecto a las alegaciones y consideraciones en materia de medio ambiente, han sido objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental del proyecto del cual ha resultado la declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte de Red Eléctrica para el proyecto.
Preguntados la Autoridad Portuaria de Algeciras, el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, el Ayuntamiento de Ceuta, la Demarcación de Costas de