Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/10/2024
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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
Página 76
B.O. P. DE CADIZ NUM. 211
Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
Certificados expedidos por la Agencia Tributaria Estatal y Autonómica de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
12. Causas de reintegro Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en los siguientes casos:
a Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.
b Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.
c Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.
13. Concurrencia con otras subvenciones.
La subvención prevista en las presentes bases será compatible con la percepción de cualquier otra subvención para la misma finalidad, independientemente de si su procedencia proviene de otras Administraciones Públicas o entes privados, y de su ubicación geográfica dentro de los límites establecidos en la legislación vigente.
Los beneficiarios deberán comunicar las ayudas o subvenciones concedidos.
14. Régimen sancionador En materia de infracciones, sanciones y reintegro de la subvención concedida será aplicable las previsiones recogidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo.
15. Fin de la Vía Administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la concejala de hacienda, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jerez de la Frontera, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
16. Medios de notificación o publicación Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO I
SOLICITUD
D./Dña.______________________________________________________________
Con D.N.I. nº____________________, y domicilio en Ciudad Bornos, c/_____________________________________________nº____________CP:_____
Tfno.___________________Correo @_____________________________________
Como Presidente/a de la AA ____________________Con C.I.F. nº______________.
EXPONE
Que según las Bases Reguladoras y Convocatoria de Subvenciones a Asociaciones Deportivas, para el año________, aprobadas por decreto de alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Bornos, y estimando que la Entidad a la que represento reúne todos los requisitos exigidos, SOLICITA
-SUBVENCIÓN CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO__________ por importe de:_________________€.
El/la abajo firmante declara que SI ; NO ;
ha obtenido otra subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
En su caso, por importe de _______________________
Así mismo, se compromete a comunicar a este Ayuntamiento la percepción de cualquiera de las ayudas indicada en el párrafo anterior.
El/la abajo firmante acepta las condiciones establecidas en dichas Bases Reguladoras y Convocatoria, y declara que son ciertos todos los datos consignados en esta solicitud y documentación adjunta.
Información de Avisos y Notificaciones Deseo ser notificado/a de forma telemática.
Deseo ser notificado/a por correo certificado al domicilio antes indicado.
Nota: Según el artículo 14 de la Ley 39/2015, están obligados a relacionarse electrónicamente:
a Las personas jurídicas.
b Las entidades sin personalidad jurídica.
c Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en ejercicio de dicha actividad profesional.
d Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
e Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público.
Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se le facilita la siguiente información básica sobre Protección de Datos:
- Responsable del tratamiento: el Excelentísimo Ayuntamiento de Bornos - Finalidad: Solicitud de Subvención - Legitimación: El tratamiento de los datos queda legitimado por el consentimiento que el interesado otorga a través de esta solicitud para el cumplimiento una obligación legal aplicable al el Excelentísimo Ayuntamiento de Bornos - Destinatarios:No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal.
- Derechos: Tiene derecho a acceder, rectificar, suprimir los datos, así como ejercer el derecho a la limitación del tratamiento y la portabilidad de los datos al domicilio del responsable arriba indicado, de oposición a su tratamiento, derecho a retirar el consentimiento prestado y derecho a reclamar ante la Autoridad de Control.
31 de octubre de 2024
- Conservación: Los datos serán conservados durante el tiempo que sea necesario para garantizar la finalidad por la que han sido recogidos.
ANEXO II. BAREMO
Los criterios para la asignación de las subvenciones serán los siguientes:
1.-Mayor número de socios o miembros. Máximo 5 puntos 2.- Mayor gasto por parte del beneficiario. Máximo 5 puntos 3.-Mayor incidencia en la formación e información de conductas saludables relacionadas con el deporte: 1 punto por cada actividad formativa. máximo 5 puntos.
4.-Actividades que lleven fomento de la actividad deportiva:1 punto por cada actividad máximo 5 puntos.
5-. Según el ámbito territorial:
- Local: 1 punto.
- Provincial: 2 puntos - Autonómico: 3 puntos - Nacional: 4 puntos - Internacional: 5 puntos.
Bornos, 4 de octubre de 2024. María José Lugo Baena, 1. Teniente de Alcalde.
Nº 165.626
AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
ANUNCIO
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el veinticinco de octubre de 2024 acordó aprobar inicialmente el siguiente expediente:
Expediente de modificación de crédito número 064/2024 en el presupuesto municipal para el ejercicio 2024, prórroga del 2022, para adecuar los créditos extraordinarios y suplementos de crédito operados a través del expediente de modificación presupuestaria T040/2024 a la nueva disponibilidad presupuestaria surgida como resultado de la imposibilidad de acometer un gasto en ella contemplado.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales TRHL se expone al público por plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia BOP, durante los cuales los interesados a que se refiere el artículo 170.1 TRHL podrán examinarla y presentar reclamaciones por las causas tasadas en el apartado 2, del precepto legal invocado, ante el Pleno, a cuyo efecto se encuentra a su disposición en la Secretaría General del Pleno, de Lunes a Viernes, de 9:00 a 14:00.
Concluido el trámite de información pública, sin que se hubiese formulado reclamación o sugerencia alguna, el acuerdo se entenderá elevado a definitivo, sin más pronunciamiento por el Pleno del Ayuntamiento, sin perjuicio de su publicación en el BOP, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.
Lo que se hace público para general conocimiento, en Jerez de la Frontera.
28/10/24. LaAlcaldesa, María José García-Pelayo Jurado. Firmado. Nº 169.228
AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
ANUNCIO
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el veinticinco de octubre de 2024 acordó aprobar inicialmente el siguiente expediente:
Expediente de modificación de crédito número 052/2024 y reconocimiento de crédito extrajudicial en el vigente presupuesto municipal para el ejercicio 2024, prórroga del 2022, mediante créditos extraordinarios y suplementos de créditos, al objeto de completar el expediente de adhesión al compartimento Fondo de Ordenación para el pago de sentencias judiciales firmes.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales TRHL se expone al público por plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia BOP, durante los cuales los interesados a que se refiere el artículo 170.1 TRHL podrán examinarla y presentar reclamaciones por las causas tasadas en el apartado 2, del precepto legal invocado, ante el Pleno, a cuyo efecto se encuentra a su disposición en la Secretaría General del Pleno, de Lunes a Viernes, de 9:00 a 14:00.
Concluido el trámite de información pública, sin que se hubiese formulado reclamación o sugerencia alguna, el acuerdo se entenderá elevado a definitivo, sin más pronunciamiento por el Pleno del Ayuntamiento, sin perjuicio de su publicación en el BOP, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.
Lo que se hace público para general conocimiento, en Jerez de la Frontera.
28/10/24. LaAlcaldesa, María José García-Pelayo Jurado. Firmado. Nº 169.444
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B
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