Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/10/2024
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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
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B.O. P. DE CADIZ NUM. 206
la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
RESUELVE:
Primero: Ordenar la inscripción del citado Acta de Acuerdo de la Comisión de 7-02-2018 relativo al CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DEL
INSTITUTO MUNICIPAL DE FOMENTO SOCIO-ECONÓMICO Y FORMACIÓN
DELAYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL CÁDIZ, en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Cádiz, a 10 de octubre de 2024. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESAY TRABAJO AUTONOMO, Fdo.: DANIEL
SANCHEZ ROMAN
D. SEBASTIÁN PIZARRO COLORADO, SECRETARIO ACCIDENTAL
DE LAAGENCIA PÚBLICAADMINISTRATIVA LOCAL, INSTITUTO MUNICIPAL
DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL
IMPRO.
CERTIFICO
Que el Consejo Rector de la Agencia Pública Administrativa Local, Instituto Municipal de Promoción y Fomento del Ayuntamiento de Puerto Real IMPRO, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de diciembre de 2023, adoptó en el orden del día los siguientes acuerdos:
Punto Segundo.- Aprobación del acuerdo de 7 de febrero de 2018 recogido en acta de la Comisión de interpretación, seguimiento y valoración del convenio de IMPRO.
D. Antonio Javier Romero Alfaro, Vicepresidente de la APAL Instituto Municipal de Promoción y Fomento del Ayuntamiento de Puerto Real, a su Consejo Rector.
EXPONE:
Con fecha 7 de febrero de 2018 se reúne la la Comisión de interpretación, seguimiento y valoración del convenio de IMPRO para la negociación y adopción de acuerdos en su caso; adoptándose acuerdos, recogidos en acta que a continuación se transcribe, vigentes en el Ayuntamiento de Puerto Real a esa fecha y en relación a las siguientes materias:
Actualización de las cantidades abonar en concepto de ayudas médico-sanitarias complementarias, así como por complementos de mayor dedicación y premios de natalidad y nupcialidad e hijos y cónyuges minusválidos.
Premios por jubilación Regulación de la jornada de trabajo del personal que se va acercando a la edad de jubilación.
ACTA DE LA COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN, SEGUIMIENTO Y VALORACIÓN DEL CONVENIO DEL IMPRO.
REUNIÓN 7 DE FEBRERO DE 2018
En Puerto Real, siendo las 11:00 horas del día 7 de febrero de 2017 se reúne en el Instituto Municipal de Promoción, Fomento Socioeconómico y Formación del Ayuntamiento de Puerto Real, sito en calle Castellar número 20 la Comisión Paritaria para la negociación y adopción de acuerdos en su caso. El orden del día es el siguiente según convocatoria realizada el viernes 2 de febrero de 2017:
Primero. Actualización de las cantidades abonar en concepto de ayudas médico-sanitarias complementarias, así como por complementos de mayor dedicación y premios de natalidad y nupcialidad e hijos y cónyuges minusválidos.
Segundo.- Premios por jubilación Tercero.- Acuerdo sobre la regulación de la jornada de trabajo del personal, que se va acercando a la edad de jubilación.
Asisten a la sesión los siguientes miembros de la comisión D. Alfredo José Charques Calderón, Vicepresidente Segundo del IMPRO, Dña. Dolores Moreno Rodríguez como representante de los trabajadores y D. Francisco José González Mesa, en calidad de Secretario de la Comisión.
Una vez debatidos los asuntos a tratar, y estando de acuerdo ambas partes de que son acuerdos existentes y que se están aplicando en el Ayuntamiento de Puerto Real y que por lo tanto deben aplicarse también en el IMPRO, evitando así agravios comparativos para esta agencia pública administrativa local, se toman los siguientes acuerdos:
PRIMERO. Se acuerda por ambas partes actualizar las cantidades a abonar en concepto de ayudas médico-sanitarias complementarias, así como por complementos de mayor dedicación y premios de natalidad y nupcialidad e hijos y cónyuges minusválidos. Se acuerda actualizar las cantidades a las actualmente vigentes para el resto de trabajadores del Ayuntamiento de Puerto Real. El desglose de las cantidades aprobadas para cada concepto indicándose el artículo del convenio colectivo en el que se recogen es el siguiente:
Artículo 15. COMPLEMENTO DE MAYOR DEDICACIÓN
Trabajadores Grupo Retributivo A Y B
Trabajadores Grupo Retributivo C Y D
Trabajadores Grupo Retributivo E
219,88 €uros 188,48 €uros 166,64 €uros
Artículo 40. PREMIOS DE NATALIDAD Y NUPCIALIDAD
Por cada hijo o hija nacido vivo o viva o por adopción Al contraer matrimonio o constituirse e pareja de hecho
47,92 €uros 123,21 €uros
24 de octubre de 2024
Artículo 41. HIJOS Y CÓNYUGES MINUSVÁLIDOS
Todo trabajador que tenga hijos/as
68,45 €uros
Artículo 43. AYUDAS MÉDICO-SANITARIAS COMPLEMENTARIAS.
1.Ortopédicas Calzado corrector, con o sin plantillas Plantillas ortopédicas 2.Vehículos de inválidos Por una vez salvo, supuestos excepcionales 3.Dentarias Dentadura superior o inferior Dentadura completa Piezas Empastes Implantes osteointegrados Ortodoncia iniciada antes de los 18 años Endodoncia 4.Oculares Gafas de lejos o de cerca Gafas bifocales Gafas tele lupa Sustitución de cristales Lentillas Prismas Lentes intraoculares 5. Audífonos Audífonos
48,45 €uros 20,18 €uros 323,04 €uros 181,65 €uros 363,35 €uros 40,37 €uros 20,18 €uros cada uno 80,77 €uros 35% del presupuesto con un máximo de 363,35 €uros 54,74 €uros 44,41 €uros 80,77 €uros 201,86 €uros 16,50 €uros 40,37 €uros cada una 40,37 €uros cada una 403,73 €uros cada una 363,35 €uros cada uno
Artículo 44. INDEMNIZACIÓN ESCOLAR
GRUPO DE TITULACIÓN O SIMILAR
A1
A2
C1
C2
AP
NIVEL EDUCATIVO HASTA EL
NIVEL PREVIO A LA UNIVERSIDAD
82,12 €uros 88,98 €uros 95,82 €uros 102,65 €uros 109,49 €uros
SEGUNDO. Se acuerda por ambas partes aplicar al IMPRO el acuerdo existente actualmente en el Ayuntamiento de Puerto Real sobre la regulación de la jornada de trabajo del personal que se va a acercando a la edad de la jubilación. Se trascribe literalmente a continuación:
En Puerto Real a 8 de abril de 2011.
El presente acuerdo tiene por finalidad regular la jornada de trabajo del personal del Ayuntamiento de Puerto Real que se va acercando a la edad de jubilación, con el fin de ir facilitando la adaptación progresiva de las personas a esa nueva etapa de la vida.
Para ello, las partes intervinientes acuerdan lo siguiente:
PRIMERO: Las empleadas y empleados municipales fijos/as de plantilla o indefinidos con jornada a tiempo completo, cualquiera que sea la naturaleza de su relación jurídica con el Ayuntamiento, que se encuentren en el tramo de edad comprendido entre los 60 años y la edad de la jubilación, experimentarán un reducción de jornada según se indica:
EDAD DEL EMPLEADOR/A
60-61 años 62-63 años 64-65 años 66 años o más
Nº DE HORAS DIARIAS
DE REDUCCIÓN DE JORNADA
1
2
3
4
SEGUNDO: El crédito horario resultante de la reducción horaria podrá acumularse para su disfrute, siempre y cuando el servicio lo permita. La acumulación podrá denegarse previo informe motivado del correspondiente Jefe/a de Área.
TERCERO: La reducción de jornada regulada en el presente acuerdo no será de aplicación en el supuesto de que el/la empelado/a municipal solicitase y le fuese concedida una prórroga de la permanencia en el servicio activo. Salvo si la prórroga tuviera causa en carácter de los requisitos necesarios para acceder a la jubilación.
CUARTO: El personal que desee acogerse a la presente regulación, deberá solicitarlo por escrito.
QUINTO: La reducción de jornada regulada en el presente será incompatible con el Plus de Mayor Dedicación así como con cualquier otra retribución que compense el exceso de jornada. La concesión de lo aquí pactado llevará implícita la anulación inmediata de cualquier complemento de esta naturaleza