Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/9/2024

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 179

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
CONSORCIO DE BOMBEROS DE LA PROVINCIA DE CADIZ
ANUNCIO
Mediante Resolución de la Presidencia, número 370/2024, de 6 de septiembre de 2024, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo de Director/a Administrativo A1, identificado con el código FN.A1.001, perteneciente a la Relación de Puestos de Trabajo del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz, cuyas bases específicas, se transcriben a continuación:
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA
LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN, DE
UN PUESTO DE TRABAJO DE DIRECTOR/A ADMINISTRATIVO/A A1, CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN RPT CBPC: FN.A1.001, PARA EL SERVICIO
ADMINISTRATIVO Y DE RECURSOS HUMANOS DEL CONSORCIO DE
BOMBEROS DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ.
PRIMERA: OBJETO.
Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo de Director/a Administrativo/a A1/26, identificado con el código FN.A1.001, para el Servicio Administrativo y de Recursos Humanos del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz, los artículos 13, 78, 80 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, los artículos 101 y 102 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, así como el Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, este último con carácter supletorio conforme a su artículo 1.3 en relación con el artículo 168 del Real Decreto Legislativo 781/1986 y el artículo 128 Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
SEGUNDA: CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO Y FUNCIONES.
Son funciones comunes del puesto de trabajo de Director/a Administrativo/a A1, con nivel 26, para el Servicio Administrativo y de Recursos Humanos del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz, las siguientes:
1.-Dirigir, organizar y coordinar, de acuerdo a la legislación vigente, el servicio, así como el personal y los recursos que lo integran.
2.-Impulsar y supervisar las actividades que forman parte de la gestión ordinaria del servicio y velar por el buen funcionamiento del personal integrado en los mismos.
3.-Planificación conjunta de la actividad del servicio con seguimiento, evolución y control continuo de sus resultados.
4.-Dirección y gestión integrada de los recursos del servicio, tanto personales, como materiales.
5.-Formulación de propuestas en materia de mejora de los servicios y de estructuras orgánicas, racionalización de procesos y cambios e innovaciones en la modalidad de gestión de los servicios.
6.-Evaluación de los servicios de su competencia.
7.-Responsabilidad del impulso, seguimiento y control de los expedientes de su competencia.
8.-Funciones de planificación, supervisión, propuesta de mejora, organización y control.
9.-Realizar memorias, informes técnicos y de asesoramiento en la materia específica correspondiente.
10.-Autorizar con su firma o visado los informes, actos de gestión, oficios y comunicaciones que se realicen.
11.-Canalizar las relaciones y comunicación con otros servicios y/o agentes externos, en materia de su competencia.
12.-Realizar funciones de apoyo al resto de servicios cuando así se requiera.
13.-Otras funciones pertenecientes a su categoría profesional que, por disposición del Gerente, Presidente o normativas vigentes, le sean atribuidas.
14.-Cuantas otras sean propias de la plaza y las que se establezcan en las normas de aplicación a la actividad profesional del ocupante del puesto.
15.- Cualesquiera relacionadas con las anteriormente descritas.
Son funciones específicas del puesto de trabajo de Director/a Administrativo/a A1 para el Servicio Administrativo y de Recursos Humanos del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz, las siguientes:
1.-Gestión del Registro de Entrada y Salida del Consorcio siendo responsable del mismo, así como, del archivo general.
2.-Responsable del seguimiento de los asuntos de los órganos colegiados del Consorcio y de las Resoluciones del Presidente.
3.-Responsable de la coordinación y supervisión del pago de la nómina de la plantilla para asegurar que, la misma, se procesa de manera precisa y dentro de los plazos marcados.
4.-Gestión y control de los procesos para el acceso a la función pública y provisión de puestos.
5.-Gestión y supervisión de la contratación del personal de plantilla altas y bajas.
6.-Coordinación directa con el Secretario/a General Funcionario/a con Habilitación de Carácter Nacional para la conformidad, visado o firma de los expedientes correspondientes.
7.-Cumplir y hacer cumplir el Reglamento de Régimen Interior del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz a todo el personal a su mando.
Desarrolla su actividad bajo la dependencia directa de la Gerencia y la Presidencia del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz.
TERCERA: REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Podrán participar en la presente convocatoria quienes, ostentando las condición de personal funcionario de carrera, reúnan los requisitos exigidos en las presentes bases, tanto si se encuentran en servicio activo como si están en la situación a que hace referencia el artículo 62.1 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal
16 de septiembre de 2024

al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
En todo caso, tendrá la consideración de requisito exigido ostentar la condición de Técnico de Administración General del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz, funcionario/a de carrera, perteneciente al Grupo A; Subgrupo A1, Escala de Administración General, Subescala Técnica.
CUARTA: SUPUESTOS DE EXCLUSIÓN.
Queda excluido del derecho a participar en la convocatoria aquel personal funcionario de carrera en el que concurran alguna de las siguientes circunstancias:
a Las personas que se encuentren en situación administrativa de suspensión firme de funciones.
b Las personas que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular o de excedencia voluntaria por agrupación familiar, siempre que, en uno u otro caso, no hayan transcurrido dos años desde la declaración de alguna de dichas situaciones.
QUINTA: REFERENCIA TEMPORAL.
Las condiciones exigidas en las presentes bases estarán referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
SEXTA: ADJUDICACIÓN DE PUESTOS.
La adjudicación del puesto tiene el carácter de irrenunciable.
En el supuesto de haber obtenido simultáneamente otro destino, quien se encuentre en tal circunstancia, vendrá obligado a comunicar la opción por la que opte en el plazo señalado por el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
SÉPTIMA: PRESENTACIÓN SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 e Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, el artículo 3.1 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas interesadas están obligadas a relacionarse de manera electrónica para los trámites y actuaciones que realicen en su condición de empleados públicos.
Quienes deseen formar parte del proceso selectivo deberán dirigir su solicitud a la Presidencia del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz.
Las solicitudes podrán presentarse, dentro del plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Las mismas deberá ir acompañadas de Curriculum Vitae en el que figure debidamente acreditado el cumplimiento de los criterios de idoneidad, formación, competencia profesional y experiencia. Concretamente hará mención expresa de la titulación académica, años de servicio, puestos de trabajo ocupados y organismos en los que se desempeñaron, cursos de formación realizados en relación con las características y funciones de los puestos desempeñados así como los que correspondan al puesto objeto de las presentes bases y cuantas otras circunstancias meritorias estimen oportuno poner de manifiesto, bien entendido que todas ellas deberán ser acreditadas documentalmente, tal y como se ha señalado previamente.
Se podrá recabar de los participantes en la convocatoria aclaraciones o documentación adicional, cuando de la presentada, no resulten suficientemente acreditados los datos alegados en relación con los requisitos exigidos.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas LPACAP, se podrá solicitar el cotejo de las copias aportadas por las personas interesadas, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original. No obstante, según lo indicado en el apartado 7 del artículo 28 de la LPAPAC, los/as interesados/as se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA
DOCUMENTACIÓN.
El lugar de presentación de solicitudes de participación será el Registro General del CBPC Avda. Cuatro de Diciembre de 1977, número 18, 11006 Cádiz, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes; preferentemente el Registro Electrónico del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz sede.cbpc.es, mediante el modelo de presentación de escritos acompañadas del C.V. del participante, o en las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas durante el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente al que aparezca publicado, a los solos efectos de presentación de solicitudes, el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
OCTAVA: DESARROLLO DEL PROCESO DE PROVISIÓN Y SISTEMA
DE PROVISIÓN.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes de participación, la Gerencia elevará las mismas, junto con el resto del expediente administrativo, a la Presidencia.
La Presidencia resolverá la convocatoria motivadamente mediante el sistema de libre designación, atendiendo a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad. La resolución de la convocatoria se producirá en forma de nombramiento.
La resolución se ajustará a lo previsto en el artículo 36 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, conforme a lo establecido en el artículo 45 de la misma. Quedará así agotada la vía administrativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En todo caso, el nombramiento requerirá el informe previo favorable del Director Gerente del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz, el cual, emitirá su informe en el plazo de cinco días naturales, contados desde el siguiente en que se le

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/9/2024

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data16/09/2024

Conteggio pagine7

Numero di edizioni6133

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione05/12/2024

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