Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/9/2024
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
11 de septiembre de 2024
B.O. P. DE CADIZ NUM. 176
AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ANUNCIO
BASES CONVOCATORIA PLAZAS FUNCIONARIO DE CARRERA
PROMOCIÓN INTERNA OOEP 2022-2023
Con fecha 19 de agosto de 2024 el Primer Teniente de Alcalde, Delegado del Área de Servicios Públicos e Infraestructuras del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción Cádiz, ha dictado Decreto, inscrito en el Libro de Resoluciones de la Alcaldía al número 03151/2024, del siguiente tenor literal:
Examinadas las Bases generales y sus anexos, para la provisión en propiedad de seis plazas de funcionario de carrera, por el sistema de concurso-oposición, promoción interna, vacantes en la plantilla de este Excmo Ayuntamiento y dotadas presupuestariamente y visto informe de la Responsable de Recursos Humanos con fecha 8 de Agosto y CSV BsvS7covTh6LYPX6e0Zk1w== , y informe de fiscalización y consignación del Viceinterventor de Fondos Accidental de fecha 8 de Agosto y CSV
IVUEWOS3LR5J52J7ZRE4IP26MM , vengo a RESOLVER:
Primero.- Aprobar las Bases y sus anexos que han de regir la convocatoria para la provisión de las plazas de funcionario de carrera, por el sistema de promoción interna, proceso concurso-oposición, que se detallan, convocando las correspondientes pruebas selectivas.
Nº.
PLAZAS
2
1
DENOMINACIÓN
TÉCNICO SUPERIOR
ADMINISTRACIÓN DE
SISTEMAS INFORMÁTICOS
TÉCNICO DE IMAGEN Y
SONIDO
GRUPO/
SUBGRUPO
B
C1
1
FH.OAMR
C1
2
ADMINISTRATIVO
C1
ESCALA
OEP
ADMINISTRACIÓN
2022
ESPECIAL
ADMINISTRACIÓN
2023
ESPECIAL
ADMINISTRACIÓN
2023
GENERAL
ADMINISTRACIÓN
2023
GENERAL
Segundo.- La convocatoria, juntamente con las bases generales y su anexo se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la pagina web del ayuntamiento y un extracto detallado en el Boletín Oficial del Estado, produciéndose los efectos administrativos desde la fecha del Boletín Oficial del Estado, en que se publique el extracto.
Tercero.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que se celebre de la presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.
BASES PROMOCIÓN INTERNA OFERTA EMPLEO PUBLICO 22-23
Primera. Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de las presentes bases el establecimiento de las normas que regirán el proceso selectivo que se convoque mediante el sistema de concurso-oposición, para la promoción interna de los funcionarios de carrera en las plazas correspondientes a la tasa de promoción interna, en régimen funcionarial, incluidas en las OEP 2022 y 2023 que se relacionan seguidamente:
Nº.
GRUPO/
DENOMINACIÓN
ESCALA
OEP
PLAZAS
SUBGRUPO
TÉCNICO SUPERIOR
ADMINISTRACIÓN
2
ADMINISTRACIÓN DE
B
2022
ESPECIAL
SISTEMAS INFORMÁTICOS
TÉCNICO DE IMAGEN Y
ADMINISTRACIÓN
1
C1
2023
SONIDO
ESPECIAL
ADMINISTRACIÓN
1
FH.OAMR
C1
2023
GENERAL
ADMINISTRACIÓN
2
ADMINISTRATIVO
C1
2023
GENERAL
Los aspirantes otorgarán su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que sean necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
1.2. Las plazas objeto del presente proceso selectivo, lo son en régimen funcionarial. Sus funciones y retribuciones serán las establecidas por la RPT del Excmo Ayuntamiento de La Línea de la Concepción para cada grupo y subgrupo, de acuerdo, todo ello, con la normativa legal vigente y lo dispuesto en los acuerdos suscritos entre la Corporación y sus funcionarios. Una vez superado el proceso selectivo, el personal seleccionado podrá ser destinado, para prestar sus servicios profesionales.
1.3. Los requisitos de titulación y los temarios que habrán de regir las pruebas selectivas, vienen regulados la correspondiente convocatoria para cada categoría de las presentes bases.
1.4. El sistema selectivo será el de concurso-oposición, dada la naturaleza del procedimiento que hace aconsejable y necesario valorar otros méritos distintos de los conocimientos que se puedan evaluar a través de los ejercicios que se efectúen.
Es por ello que se contemplará específicamente entre otros méritos, la valoración de la experiencia acreditada por las personas candidatas, todo ello armonizado con los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en el acceso al empleo público. Asimismo se tendrán en cuenta los méritos acreditados en concepto de formación.
1.5. Las presentes bases vincularán a la Administración, a los tribunales que han de valorar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas, y solo
Página 3
podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
1.6. Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en la página web del Ayuntamiento de La Línea de la Concepcion tablón de anuncios. Asimismo, se hará público el extracto de las mismas, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA y finalmente, la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado BOE, conteniendo: La denominación de la escala, subescala y clase para cuyo ingreso se convocan las pruebas selectivas, Corporación que las convoca, clase y número de plazas, fecha y número del boletín en que se han publicado las bases y la convocatoria. A partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, comenzarán a contar los plazos a efectos administrativos.
1.7. La composición de los tribunales, las listas de admitidos y excluidos, y toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá en la sede electrónica del Ayuntamiento tablón de anuncios, en la página web.
1.8. Protección de datos: En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 13 de Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE Reglamento General de Protección de Datos, y 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, se informa que los datos personales se incorporarán a la actividad de tratamiento Solicitud de empleo, 1.9. Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en:
Los artículos 91, 92, 100, 102 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Los artículos 10, 11, 16, 18, 37, 55, 61.1, .2, .3, .5, .6, .7 y siguientes y 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público TR-LEBEP.
Los artículos 19 y 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Ley 5/2023, de 7 de Junio, de la Función Pública de Andalucía Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
La Ley 15/2022, de 12 de julio, Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía y la Ley 9/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género de Andalucía.
El Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales El título IX de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, relativo al acceso al empleo público, adquisición y pérdida de la relación de servicio.
Segunda. Principio de igualdad de trato.
Las bases y convocatoria cumplirán el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la Constitución española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que el aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres, la Ley 15/2022, de 12 de julio, Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía y la Ley 9/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género de Andalucía.
Tercera. Requisitos 3.1. Las personas aspirantes deberán reunir todos los requisitos que se reflejan a continuación, además de los específicos que se señalen en los anexos I a IV
correspondientes a cada categoría de las presentes bases, el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 56 y 57 de TR-LEBEP, quedando excluidas directamente de la convocatoria los/as aspirantes en caso contrario:
1. Tener la condición de funcionario/a de carrera del Excmo. Ayuntamiento de La Linea de la Concepción con una antigedad de, al menos, dos años de servicio activo. En dichos supuestos deberán haber prestado servicios como tales en categorías de la misma escala correspondientes al grupo/subgrupo inmediato inferior al de las plazas convocadas por un periodo mínimo de dos años. A estos efectos se computarán los servicios prestados por los/las aspirantes en las situaciones equiparadas al servicio activo por la legislación vigente.
2. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3. Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
4. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta