Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/8/2024

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O. P. DE CADIZ NUM. 163

ADMINISTRACION DEL ESTADO
MINISTERIO DE DEFENSA
INSTITUTO DE VIVIENDA, INFRAESTRUCTURA
Y EQUIPAMIENTO DE LA DEFENSA
MADRID
Resolución del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, por la que se anuncian subastas públicas, con proposición económica al alza, en sobre cerrado de 8 propiedades sitas en San Fernando Cádiz.
Por Resolución del Director Gerente del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, se acuerda la venta en subastas públicas, con proposición económica en sobre cerrado al alza, de las propiedades que a continuación se describen:
1.- Local en calle Cecilio Pujazón, 24, bajo 2", en San Fernando Cádiz.
Finca número 49640, Libro 1086, Folio 9, Inscripción segunda del Registro de la Propiedad número uno de San Fernando. CRU: 11011000509871.
Referencia catastral: 1093815QA5319C0029MW.
Superficie registral 662,34 metros cuadrados.
Precio de licitación en primera subasta: 206.648,50 euros. Precio de licitación en segunda subasta: 185.983,65 euros.
2.- Local en plaza Santa Juana de Lestonac, 4, bajo 1", en San Fernando Cádiz.
Finca número 51573, Tomo 1122, Libro 1122, Folio 179, Inscripción tercera del Registro de la Propiedad número uno de San Fernando. IDUFIR:
11011000532312.
Referencia catastral: 0890701QA5309B0176QQ.
Superficie registral 115,57 metros cuadrados.
Precio de licitación en primera subasta: 70.182,26 euros. Precio de licitación en segunda subasta: 63.164,03 euros.
3.- Local en plaza Santa Juana de Lestonac, 4, bajo 4, A4", en San Fernando Cádiz.
Finca número 51575, Tomo 1122, Libro 1122, Folio 183, Inscripción tercera del Registro de la Propiedad número uno de San Fernando. IDUFIR:
11011000532336.
Referencia catastral: 0890701QA5309B0178EE.
Superficie registral 78,35 metros cuadrados.
Precio de licitación en primera subasta: 41.093,79 euros. Precio de licitación en segunda subasta: 36.984,41 euros.
4.- Local en plaza Santa Juana de Lestonac, 3, bajo 2", en San Fernando Cádiz.
Finca número 51457, Tomo 1120, Libro 1120, Folio 171, Inscripción tercera del Registro de la Propiedad número uno de San Fernando. IDUFIR:
11011000531148.
Referencia catastral: 0890701QA5309B0060II.
Superficie registral 111,25 metros cuadrados.
Precio de licitación en primera subasta: 67.850,66 euros. Precio de licitación en segunda subasta: 61.065,59 euros.
5.- Local en calle Arenal, 15 accesorio, planta 1, local 1", en San Fernando Cádiz.
Finca número 49637, Tomo 1086, Libro 1086, Folio 3, Inscripción primera del Registro de la Propiedad número uno de San Fernando. CRU: 11011000509840.
Referencia catastral: 1093815QA5319C0026BX.
Superficie registral 380,48 metros cuadrados.
Precio de licitación en primera subasta: 284.832,95 euros. Precio de licitación en segunda subasta: 256.349,66 euros.
6.- Local en plaza Santa Juana de Lestonac, 2, bajo 1, A4", en San Fernando Cádiz.
Finca número 51426, Tomo 1120, Libro 1120, Folio 109, Inscripción tercera del Registro de la Propiedad número uno de San Fernando. IDUFIR:
11011000530837.
Referencia catastral: 0890701QA5309B0029SS.
Superficie registral 468,88 metros cuadrados.
Precio de licitación en primera subasta: 297.779,36 euros. Precio de licitación en segunda subasta: 268.001,42 euros.
7.- Local en plaza Santa Juana de Lestonac, 3, bajo 1", en San Fernando Cádiz.
Finca número 51456, Tomo 1120, Libro 1120, Folio 169, Inscripción tercera del Registro de la Propiedad número uno de San Fernando. IDUFIR:
11011000531131.
Referencia catastral: 0890701QA5309B0059PP.
Superficie registral 81,81 metros cuadrados.
Precio de licitación en primera subasta: 44.908,54 euros. Precio de licitación en segunda subasta: 40.417,69 euros.
8.- Local en plaza Santa Juana de Lestonac, 3, bajo 3", en San Fernando Cádiz.
Finca número 51459, Tomo 1120, Libro 1120, Folio 201, Inscripción tercera del Registro de la Propiedad número uno de San Fernando. IDUFIR:
11011000531162.
Referencia catastral: 0890701QA5309B0062PP.
Superficie registral 112,02 metros cuadrados.
Precio de licitación en primera subasta: 80.039,49 euros. Precio de licitación en segunda subasta: 72.035,54 euros.
Características físicas, jurídicas, técnicas, Inscripción registral, catastral y usos urbanísticos de las propiedades: las que figuran en los Pliegos que rigen para la subasta.
Fecha límite de presentación de ofertas y documentación para licitar en las subastas:
Desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la subasta en el BOE, hasta las trece horas del día 09 de septiembre de 2024, en el Registro del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, calle Isaac Peral, número 20-

23 de agosto de 2024

32, de Madrid, sin que se permita ninguna proposición presentada con posterioridad a dicho plazo. Se admitirán ofertas enviadas por correo certificado, en cuyo caso el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en las oficinas de correos, remitiendo al correo electrónico invied.subastasdeinmuebles@mde.es el resguardo del envío de dicho certificado de correos, identificando al licitador en dicho correo electrónico.
La apertura de sobres con las proposiciones económicas por la Mesa constituida al efecto, tendrá lugar en la sede del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, calle Isaac Peral, número 20-32, de Madrid, el 25 de septiembre de 2024, a partir de las once horas.
Obtención de documentos e información, en la página web del INVIED
O.A.: www.invied.es, así como en las oficinas centrales del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, INVIED O.A., calle Isaac Peral, número 20-32, Teléfonos 916020844, 916020819, 916020916, 916020911, y el 900210425
línea gratuita, en horario de oficina. También en el Área de Patrimonio de la Oficina Delegada de Defensa donde radican las propiedades y que a continuación se especifica.
Las visitas a las propiedades deberán efectuarse previa cita concertada con la citada Áreas de Patrimonio:
- Para estas propiedades sitas en San Fernando Cádiz, en las oficinas del Área de Patrimonio de la Oficina Delegada en San Fernando Cádiz, calle Arenal 15
Teléfonos: 956881702, 956591292, 956802084, 956802087, 956802082, 956802086, 956802081.
En caso de la existencia de algún error material en el presente anuncio, se estará a lo establecido en los pliegos de condiciones técnicas y administrativas reguladoras que rigen para la enajenación.
Madrid, 4/7/24. EL DIRECTOR GERENTE DEL INVIED O.A. - Sebastián Marcos Morata. Firmado.
Nº 116.755


MINISTERIO DEL INTERIOR
JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO
CADIZ
Resolución del Jefe Provincial Accidental de Tráfico de Cádiz sobre medidas especiales de ordenación de la circulación con motivo de la celebración de eventos en distintas localidades de la provincia.
Antecedentes de Hecho. La celebración el día 24 de agosto el pasacalle a caballos en honor a la Reina de los Ángeles, el día 29 la cabalgata en honor a la Reina de los Ángeles, el 1
de septiembre el Traslado de la Stma. Virgen de la Luz y la procesión en honor a Ntra.
Sra. de los Ángeles, el 7 y 8 evento deportivo IX Trail Nocturno Virgen de las Piedras y la romería Ntra. Señora de la Victoria, el 8 la romería Ntra. Sra. De las Montañas de Villamartín, el 14 y 15 la romería de El Portal, el 15 la romería del Santísimo Cristo del Romeral, afectando en su desarrollo a vías interurbanas, implica la necesidad de establecer un dispositivo especial para que la circulación sea, en todo momento, lo más segura y fluida posible.
Fundamentos de Derecho. En virtud de lo establecido en los artículos 5 y 6 de la Ley 6/2015, de 30 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, corresponde a la Dirección General de Tráfico la ordenación, control y gestión de la circulación en las vías interurbanas.
El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, establece que:
Artículo 37. Ordenación especial del tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación.
1. Cuando razones de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen, podrá ordenarse por la autoridad competente otro sentido de circulación, la prohibición total o parcial de acceso a partes de la vía, bien con carácter general, bien para determinados vehículos o usuarios, el cierre de determinadas vías, el seguimiento obligatorio de itinerarios concretos o la utilización de arcenes o carriles en sentido opuesto al normalmente previsto.
2. Para evitar entorpecimiento a la circulación y garantizar su fluidez, se podrán imponer restricciones o limitaciones a determinados vehículos y para vías concretas, que serán obligatorias para los usuarios afectados.
3. El cierre a la circulación de una vía objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial sólo se realizará con carácter excepcional y deberá ser expresamente autorizado por el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, por la autoridad autonómica o local responsable de la regulación del tráfico, salvo que esté motivada por deficiencias físicas de la infraestructura o por la realización de obras en ésta; en tal caso la autorización corresponderá al titular de la vía, y deberá contemplarse, siempre que sea posible, la habilitación de un itinerario alternativo y su señalización. El cierre y la apertura al tráfico habrá de ser ejecutado, en todo caso, por los agentes de la autoridad responsable de la vigilancia y disciplina del tráfico o del personal dependiente del organismo titular de la vía responsable de la explotación de ésta. Las autoridades competentes a que se ha hecho referencia para autorizar el cierre a la circulación de una carretera se comunicarán los cierres que hayan acordado.
4. El organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, la autoridad autonómica o local responsable de la regulación del tráfico, así como los organismos titulares de las vías, podrán imponer restricciones o limitaciones a la circulación por razones de seguridad vial o fluidez del tráfico, a petición del titular de la vía o de otras entidades, como las sociedades concesionarias de autopistas de peaje, y quedará obligado el peticionario a la señalización del correspondiente itinerario alternativo fijado por la autoridad de tráfico, en todo su recorrido.
Artículo 38. Circulación en autopistas y autovías.
1. Se prohibe circular por autopistas y autovías con vehículos de tracción animal, bicicletas, ciclomotores y vehículos para personas de movilidad reducida.

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/8/2024

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data23/08/2024

Conteggio pagine27

Numero di edizioni6093

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione04/10/2024

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