Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/8/2024
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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
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B.O. P. DE CADIZ NUM. 162
JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS EN
CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA. Expediente: AT-15226/22
Visto el expediente AT-15226/22, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: FOTOVOLTAICA ARROYO DE LAS AGUAS, S.L.
Domicilio: Paseo Ruzafa, 11 3A, 46002 VALENCIA VALENCIA
Emplazamiento de la instalación: Sanlúcar de Barrameda Cádiz Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 14/10/2022, la sociedad mercantil FOTOVOLTAICA
ARROYO DE LAS AGUAS, S.L., solicita Autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada SOL DE
SAN GERMÁN, ubicada en el término municipal de Sanlúcar de BarramedaCádiz, aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia.
SEGUNDO.- De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica en adelante, R.D. 1955/2000, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en:
BOP de la provincia de Cádiz número 31, de fecha 14/02/2024.
Habiéndose formulado alegaciones dentro del plazo por WIM WAR SL, con CIF
B77, alegando:
Primera: Se destacan los documentos del portal de transparencia.
- Respuesta: No hay alegación.
Segunda, tercera y cuarta.
- Respuesta: El peticionario proporcionó Declaración Responsable, de fecha 14/10/2022, del técnico competente autor del proyecto en la que declara, entre otros, que el trabajo se ha ejecutado conforme a la normativa vigente de aplicación al mismo. No se tienen en cuenta las alegaciones.
Quinta, sexta y séptima: Las alegaciones de carácter ambiental no serán tenidas en cuenta ya que esta resolución es de carácter sectorial energético y el trámite ambiental es Calificación Ambiental, competencia del Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda.
Octava: La alegación en materia de Ordenación del Territorio no será tenida en cuenta al haberse emitido, en fecha 29/02/2024 por parte de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, informe favorable relativo a la incidencia territorial del proyecto de este expediente.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda D. T. de Sostenibilidad, M.A. y Econ. Azul en Cádiz. Dpto. Vías Pecuarias EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES, S.L.
D. T. de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz. Sv de Carreteras S. COOP. ANDALUZA MARISMAS DE LOS POTROS DE SANLUCAR
VALORIZA ENERGIA SLU
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada, y se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia, en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación, a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos.
TERCERO.-Con fecha 29/02/2024 se ha recibido Informe de la Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz relativo a la incidencia territorial de la actuación PROYECTO DE PLANTA SOLAR
FOTOVOLTAICA SOL DE SAN GERMÁN DE 6,006 MWp, EN EL TÉRMINO
MUNICIPAL DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA CÁDIZ conforme a lo indicado en el artículo 52 de la ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, y los artículos 71 y 72 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba su Reglamento General, siendo notificado a FOTOVOLTAICA
ARROYO DE LAS AGUAS, S.L. con fecha 01/03/2024.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
22 de agosto de 2024
Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.
Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
SEGUNDO.- Son de aplicación general al procedimiento:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
TERCERO.- Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
Instrucción 1/2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las Instalaciones de Energía Eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CUARTO.- Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de 6
de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación:
RESUELVE
PRIMERO.- CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a FOTOVOLTAICAARROYO DE LAS AGUAS, S.L. de la instalación cuyas principales características serán:
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
Planta Solar PSFV Sol de San Germán de 6,006 MWp de potencia AT15226/22
Generador Fotovoltaico Módulos fotovoltaicos instalados en estructura soporte dotada de seguimiento solar a 1 eje norte-sur, con giro este-oeste +/- 60º de acero.
9.100 módulos fotovoltaicos de 660 Wp de potencia máxima, distribuidos en series de 26 módulos dirigidos hacia 2 centros de potencia.
Centros de Potencia:
1 centro de potencia de 3.000 kVA, con un campo de 6 inversores de 352 kVA cada uno.
1 centro de potencia de 3.600 kVA, con un campo de 10 inversores de 352 kVA cada uno.
Red de Media Tensión 1 circuito subterráneo de Media Tensión en 15 kV de 240 mm2 que unen los Centros de Potencia entre sí.
1 circuito subterráneo de Media Tensión en 15 kV de 300 mm2 que unen los Centros de Potencia con el Centro de Seccionamiento.
Línea soterrada de 15 kV desde los Centros de Potencia hasta el Centro de seccionamiento/Nuevo Apoyo A/S
Tipo:
Tensión:
Longitud:
Tipo Conductor:
Número de circuitos:
Número de cables:
Línea eléctrica subterránea.
15 KV
2520 m Al RHZ1 12/20 kV 1x300 mm2
1
1
Infraestructura de Evacuación Centro de Seccionamiento Parque de 15 kV: Cabinas tipo exterior integrada en ITS, aislamiento SF6, simple barra, 3 posiciones de línea, 1 posiciones de medida y 1 posición de transformador de servicios auxiliares Sistema de control y protección, y puesta a tierra Sistema de medida y comunicaciones Línea aérea de 15 kV desde Nuevo Apoyo A/S hasta punto de conexión en el Apoyo A122859 de la Línea M.T. MTIN_MIGUE perteneciente a la SET S_BARRAM
Tipo:
Tensión:
Longitud:
Línea eléctrica trifásica aérea 15 KV
35 m