Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/8/2024
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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
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B.O. P. DE CADIZ NUM. 159
JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS EN
CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-15379/22
Visto el expediente AT-15379/22, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
- Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES S.L.U.
Domicilio: C/ Ronda del Pelirón, 5 - 11405 Jerez de la Frontera Cadiz - Lugar donde se va a establecer la instalación: POLÍGONO 63, PARCELA 9003
Término municipal afectado: Vejer de la Frontera - Finalidad: Mejorar la calidad de suministro de la zona Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía, RESUELVE
CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVADE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES
S.L.U. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
PROYECTO DE EJECUCIÓN DE AUMENTO DE POTENCIA DEL CENTRO DE
TRANSFORMACIÓN INTEMPERIE PT-22409 CAÑADA.ANCHA consistente en el desmantelamiento del actual transformador 50 kVA para aumentar la potencia del mismo, en el cual se instalará:
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
Relación Potencia CT Descripción 1
Tipo Composición V
CT
P T - 2 2 4 0 9 H U S O 3 0 : INTEMPERIE
3 fusibles TR1:
1 "CAÑADA. Xm= 233712; SOBRE
20.000/400 APR + 3
160
ANCHA"
Ym= 4017449 POSTE
autoválvulas
1 Emplazamiento La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.
3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
6. Esta Resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.
19 de agosto de 2024
7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Doce de julio de dos mil veinticuatro. LA DELEGADA TERRITORIAL.
FIRMADO: MARIA INMACULADA OLIVERO CORRAL.
Nº 120.158
CONSEJERIA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMIA AZUL
CADIZ
ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE CÁDIZ DE LA CONSEJERÍA
DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMÍA AZUL, DE INICIO
DE LAS OPERACIONES MATERIALES DE DESLINDE PARCIAL DE LA VÍA
PECUARIA CAÑADA REAL JEREZANA O MARCHANTIEGA A SU PASO POR
LA FINCA AHIJONES EN EL TRAMO QUE DISCURRE DESDE SU INICIO AL
BORDE DE LA CARRETERA A-2228 ALCALÁ DE LOS GAZULES-BENALUP
HASTA EL CRUCE DEL RÍO BARBATE, DEL TÉRMINO municipal DE ALCALÁ
DE LOS GAZULES, PROVINCIA DE CÁDIZ. Expte. VP@0206/2023.
La Viceconsejera de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, mediante Resolución de 25/04/2024, resolvió el inicio del procedimiento administrativo de deslinde parcial de la vía pecuaria cañada real jerezana o marchantiega, a su paso por la finca Ahijones en el tramo comprendido desde su inicio al borde de la carretera a-2228 alcalá de los gazules-benalup hasta el cruce del río barbate, en el término municipal de ALCALÁ DE LOS GAZULES, provincia de Cádiz, clasificada por Orden Ministerial de fecha de 15 de diciembre de 1958. De conformidad con lo previsto en el artículo 19.2 del reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 155/1998, de 21 de julio BOJA núm. 87, de 4 de agosto, se hace público, para general conocimiento, que las operaciones materiales de deslinde de dicha vía pecuaria darán comienzo a las 9:00 horas del día 17 de septiembre de 2024, en el lugar de inicio, al borde de la carretera A-2228 Coordenadas inicio de tramo: 249.513 ;4.027.220.
Asimismo, tal y como lo previene el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el presente anuncio servirá como notificación cuando los interesados en este procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar.
En representación de la Delegación Territorial de Cádiz asistirá un representante de la administración designado al efecto.
Todo aquellos que se consideren interesados podrán formular las alegaciones oportunas en dicho acto.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho de los que integren la pretensión de titularidad, deberá comunicarse a esta Delegación Territorial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Contra el presente acto por ser de trámite no cabe interponer recurso.
Veintiséis de junio de dos mil veinticuatro. EL DELEGADO TERRITORIAL.
Oscar Curtido Naranjo. Firmado.
Nº 130.334
DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE DESARROLLO LOCAL, ASISTENCIA A MUNICIPIOS Y
SERVICIOS DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
ZONA DE LA SIERRA. OFICINA DE OLVERA
ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO
D. María Remedios Márquez Vílchez, Jefa de la Unidad de Recaudación de la Zona de la Sierra, Oficina de Olvera del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz.
HAGO SABER
En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de ZAHARA DE LA SIERRA, titular de los valores de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos CONCEPTO
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA, ejercicio 2.024
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA, ejercicio 2.024
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS, ejercicio 2.024
IMPUESTO SOBRE BIENES DE CARACTERISTICAS ESPECIALES, ejercicio 2.024